jueves, 7 de abril de 2011

CONSIDERACIONES RECIBIDAS EN TORNO A MONARQUÍA Y NOBLEZA, I

REFLEXIÓN EN TORNO A MONARQUÍA Y NOBLEZA

Por don Javier de Cruïlles
Heraldista
Caballero del Real Cuerpo de la Nobleza de Cataluña

José Juan:

Algunas consideraciones en torno a tu entrada de hoy, de la que en parte estoy de acuerdo y en parte no. Al menos en lo que yo conozco, que no es mucho, de la nobleza en estas tierras catalanas. Obviamente es una opinión personal que en nada busca discutir o menospreciar la tuya.

Nada que objetar a tus reflexiones en torno a la figura de S. M. el Rey, pues no puedo estar más de acuerdo contigo. Respecto al tema de la nobleza, algunas consideraciones:

Bien pudiera ser cierto lo que se deduce del artículo en cuestión: que la nobleza se cree por encima del resto de la humanidad. Bien pudiera ser, pero yo creo que no lo es. Quizás un reducido grupo de títulos imagine que vive aun en la época anterior a la Confusión de Estados, pero creo que en general no es así.

Precisamente el otro día, en una conversación que mantuve en el Real Cuerpo de la Nobleza de Cataluña con algunos asistentes a la conferencia que ahí se celebró, constatamos que, una vez se traspasan las puertas del Real Cuerpo en dirección a la calle, ya todos somos iguales. Ya nadie nos juzgará por si somos duques o marqueses, o por si podemos demostrar nobleza centenaria por los cuatro costados; sino por los méritos que hemos alcanzado y por la contribución que cada uno hayamos podido hacer a la sociedad.

Tampoco hay que olvidar que la nobleza ha sido siempre un estamento permeable, al que han accedido “plebeyos” gracias a la voluntad del Soberano. No hay que olvidar los privilegios nobiliarios que entregaban los antiguos monarcas, paso previo para poder acceder a un Título; o los Títulos nobiliarios concedidos durante los siglos XIX y XX a industriales, banqueros o políticos. ¿Acaso ellos no “plebeyizaron” la nobleza?

Creo que los méritos de los nuevos marqueses son más que suficientes para que se les hayan concedido sus respectivos Títulos y que ello contribuye, no solo a aportar savia nueva y aire fresco a una institución en la que ya está el ambiente bastante enrarecido, sino también a acercar la nobleza a la sociedad, cosa que, a mi juicio, hace mucha falta. Además, por supuesto, de servir de ejemplo a la ciudadanía.

Respecto a tu idea de que ha llegado el momento de que los Títulos no se sucedan, no puedo estar más en desacuerdo. Sería como el desastroso asunto del Real Decreto 222/1988 de 11 de marzo, en que pagaron justos por pecadores. No se puede castigar a toda la nobleza, que en general, para mí, tiene un comportamiento intachable, por la desvergüenza de unos pocos.

En definitiva, la nobleza no debe creerse superior al resto de los mortales. Esa época ya pasó. Y no puede porqué, a veces, está muy por debajo de ellos, como ha quedado demostrado con el feo asunto de las falsificaciones, que ya conocemos, y más que desconocemos pero que acabarán saliendo, más pronto que tarde, a la luz.

CONFERENCIA VIRTUAL

Se anunció en este tedioso blog. Se emitió después extraño recado sobre el particular. Hoy, por fin, se propone que asista virtualmente a la excepcional conferencia que don José Antonio Vivar impartió en el Centro riojano de Madrid.

Desvela la verdad sobre algunos de los hoy idealizados reyes de armas de estos reinos.

Tómese un rato, improbable lector, y disfrute escuchando. El enlace es el siguiente:

miércoles, 6 de abril de 2011

APORTACIÓN

EPISTOLA FREMENS (I) A LOS IMPROBABLES LECTORES

Por don Fernando del Arco García
Presidente de la Agrupación Ateneísta de Estudios Vexilológicos, Heráldicos y Genealógicos
A don José Juan Carrión:
A los que me conocen, pido perddón y compresión por mis inevitables "lapsus calamis", pasados, presentes y futuros.

Esta EPISTOLA FREMENS, también va dirigida a los nostálgicos recalcitrantes sobre el tema de los obsoletos "Reyes de Armas" y los improbables "Colegios Heráldicos" (made in England).

Afortunadmente, los reyes de armas dejaron de existir con el Decreto del 13 de abril de 1951, creándose por el mismo la figura del "Cronista de Armas". Este Decreto, daba opción a los extinguidos "reyes de armas" de poder continuar ejerciendo mediante la presentación de un "albalá" que justificase su anterior empleo.

Algunos escritores del tema se empeñan en dar nombres y apellidos sobre el último "rey de armas", pero el que efectivamente lo fue se llamaba don Juan Félix de Rújula y Vaca ya "Cronista de Armas".

Volviendo a los británicos "Colegios Heráldicos", están bien para los anglosajones, a España no le hacen falta, sobre la base de que no es necesario ser noble para ostentar el blasón de su linaje, al igual que se puede ser noble y no poseer blasón gentilicio, recordemos la "capacidad heráldica" de la cual antes que otros nos habla Bartulo (o Bartolo) de Sassoferrato en célebre "De Insigis et armis"; texto este que a mas de uno le convendría leer antes de pontificar.

Sobre los registros de armas, al no haber una especie de Registro de la Propiedad Heráldica, el mejor y más legal registro de armas es el Notario y sus protocolos, pues ni siquiera los extintos y antiguos "reyes de armas" y luego los Cronistas tenía la autoridad fedataria notarial, además sus registros de sus minutarios eran inaccesibles. Ergo, si ya desde inmemorial existe auto-otorgamiento (capacidad heráldica) de los nuevos simbolos familiares ¿para qué los británicos "colegios herádicos"?
Fernando del Arco

COMUNICACIÓN

NUEVA APORTACIÓN EN TORNO A LOS TRES MUEBLES DE SABLE

Por don Iagoba Ferrerira Benito

Estimado señor Carrión,

Creo que la siguiente miniatura, de la página 88v del manuscrito "el romance de Alejandro" de la biblioteca Bodleian, puede ser de su interés.

Creo que podría tratarse de dichas figuras de sable que ya han sido mencionadas en su blog, al ser parecidas en forma y coincidir su color y el del campo, en este caso, literalmente, oro.

Desconozco el texto episodio concreto mítico-histórico sobre la vida de Alejandro Magno que ilustra, pero podría tratarse de otro caso en el que se inventa una heráldica para un personaje mítico y luego ésta es imitada o atribuida. Dichas figuras también están entre las recopiladas provenientes de ese manuscrito:

Entre las que hay muchas más figuras sobre campo de oro, en grupos de tres y de sable, que dibujadas con poca destreza, podrían resultar en dichas "figuras misteriosas".

Iagoba

HERÁLDICA FEMENINA

HERÁLDICA FEMENINA

Por don Francisco Domingo Larrosa Gil
Heraldista


Distinguido Sr. D. José Juan:

Sin ánimo de querer ofender a nadie, ténganse todos, porque no es mi deseo causar agravio alguno, mas vaya por Dios con las licencias que da el dichoso gusanillo ese de la Heráldica, que es picarte y te entra un no se qué y un qué se yo, que por lo normal te da unas ganas de diseñarle las armas a la señora que es un gusto.

Quizás la última gota que colmara el vaso, motivante de estas letras, fuera la del pasado 27-03-2.011, insisto, sin deseo de ofensa a tan estimable caballero, ya que esto solamente debe tomarse como una simple reflexión que nada tiene que ver con aquello y sí con los vicios que padece la Heráldica contemporánea. Mis disculpas anticipadas a D. José Antonio por si por algún motivo se sintiera ofendido, pero como digo, esto no va con Usted.

Si fuera posible y a la vez lo cree conveniente desearía que publicara lo que más abajo se dice que dejó escrito un Señor bien conocido por propios y extraños de esta Ciencia, autoridad a la sazón en esto de la Ciencia Heroica, tristemente fallecido y llorado por algunos, que de estar vivito y coleando otras coplas serían entonadas al respecto y alguno afinaría más la puntería a la hora de predicar.

No se debe disertar desde ciertos estrados cosas irreales, que están fuera de las leyes de esta ciencia y que no son verdad, ello y como siempre con el único fin de lucrarse a costa del incauto de turno que desea infelizmente ordenar armas por el motivo que fuere, caso concreto, la ordenación de armas nuevas femeninas que de un tiempo a esta parte se ven mucho por la red. Toda una moda heráldica sin base ni fundamento.

Pero pasemos a ver que nos dice el bueno de D. Vicente a la hora de la adopción de armas por parte de una fémina, de lo que se podrá decir más pero no menos:


INSTITUTO SALAZAR Y CASTRO
VICENTE DE CADENAS Y VICENT
CRONISTA REY DE ARMAS. DECANO DEL CUERPO
FUNDAMENTOS DE HERÁLDICA
(CIENCIA DEL BLASÓN)
(SEGUNDA EDICIÓN)
MADRID
HIDALGUÍA
1994


2. ARMAS SIMPLES, MARCAS DE MENOSCABO, SIGNOS Y ACRECENTAMIENTO DE ARMAS, DISFRUTE DE LAS ARMAS DE OTRO LINAJE Y APROPIACIÓN DE BLASONES

a) Armas puras

La evolución de las armas de puro símbolo personal a emblema familiar hereditario se produce en el transcurso de un breve período de tiempo. En las postrimerías del siglo XII se comienzan a apreciar en Francia el uso de los blasones para distinguirse los miembros de una misma familia, introduciendo alguna característica especial y particular para tal efecto. El parentesco de la sangre origina el uso del mismo emblema en la Heráldica gentilicia, aunque limitado su uso a las leyes de la más rigurosa agnación pues, salvo en excepcionales casos de especialísimas prerrogativas, los blasones únicamente se transmiten de varón a varón, con las limitaciones impuestas para el uso de las armas puras por el jefe de la casa.

Tiene particular importancia como caso verdaderamente único el de la Heráldica española en cuanto a la imposición de armas en la sucesión de mayorazgos con esta cláusula específica, blasones que, por la voluntad del testador aunque con la precisa autorización real, adoptaban quienes entraban en la posesión del mayorazgo, llegando hasta el caso extremo de abandonar las suyas propias para adoptar las impuestas o recurriendo a subterfugios para, sin dejar de emplear las familiares, añadir de manera principal las impuestas. Esta imposición de armas establecida por puro capricho del testador para perpetuar las suyas en otra persona a quien no correspondían por

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varonía, es una novedad que arraiga casi exclusivamente en nuestro país, pues en Francia muchas de las leyes, reglas y disposiciones heráldicas lo impiden, no pudiéndose llevar a término salvo en el caso de agotamiento de la línea agnada del mismo apellido, recurriendo para llegar a tal conclusión hasta un parentesco muy lejano con el testador, mientras que en España, de no haber herederos forzosos, el titular era libre de señalar la imposición de armas conjuntamente con los bienes de su procedencia, lo que demuestra y ratifica una vez más que en nuestra patria carecía de significado nobiliario alguno la posesión o carencia de escudo heráldico.

En las postrimerías del siglo XIII se inició un nuevo uso por el cual al quedar agotada la línea agnada, el marido de la hembra primogénita podía componer con su propio escudo uno nuevo, partiéndolo y colocando en el segundo cuartel las armas femeninas correspondientes a su consorte. Sin embargo, en relación a este particular de la heráldica gala de la Edad Media, no existe o al menos no se conoce disposición alguna que lo regule. En las brisuras cuarteladas con las mismas armas dos y dos cuarteles, el 1.º y el 4.º que son las particiones que corresponden a los de honor, se reservan siempre a las armas paternas.

En el siglo XVI el uso de cuartelar las armas llega al abuso de hacerlo hasta en 16 cuarteles, creando con ello una notable confusión de la que afortunadamente y en términos generales se libra nuestra heráldica.

El derecho al uso de las armas puras, las auténticamente originarias, únicamente correspondían al jefe de armas de la casa que necesariamente tenía que ser un varón, pues como ya hemos visto las armas se pierden irremisiblemente por hembra, salvo en las excepciones señaladas y con las limitaciones impuestas. Los demás varones de la familia no podían usar las armas puras a excepción de las mujeres y de los eclesiásticos, pues por su calidad y al no poder transmitirlas se extinguían con ellos.

c) Concesión de blasones y aumento de representaciones

La concesión de blasones se refiere a la creación de un escudo de armas nuevo que sirva para distinguir a un linaje del mismo o de los demás. Se otorga a una determinada persona para él y sus descendientes, entendiendo siempre a éstos por agnación rigurosa aunque, como hemos visto en otros capítulos de esta obra, es posible el uso por las mujeres, pero no su transmisión en primer lugar, como armas principales de la casa, a sus hijos.

5. HERÁLDICA FEMENINA

Hasta la segunda mitad del siglo XIII las mujeres no sintieron la necesidad del empleo de los escudos heráldicos, pero a partir de entonces, que es como hemos visto la época en que, de personales y particulares y exclusivas del guerrero, del combatiente, se transforman en familiares, surge el inmediato deseo de hacer extensiva la Heráldica a las hijas de los varones que las poseían.

No siendo transmisibles las armas por mujer, en cuanto al orden de su primer apellido, no concurrieron desde un principio a la necesidad de la brisura para distinguirlas de sus mayores o tener un orden entre las de sus hermanos. Por otra parte, la boca del escudo también ayudó de manera notable a evitar la necesidad de emplear la brisura para diferenciar unas heráldicas de otras. La pérdida de dichas armas en las hijas era evidente, y de ahí lo innecesario de la medida. Sin embargo, en casos de sucesión femenina a reinos, esta regla no es aplicable y bien claramente se aprecia en época moderna con Isabel de Castilla y sucesivamente con Juana, su hija y de Fernando de Aragón, que ambas conservan sus armas primitivas castellanas y leonesas a las cuales la segunda añade las de Aragón, todas ellas en sus cuarteles principales. En esa época aún la Heráldica de las naciones seguía la Heráldica personal de los monarcas, pero sin embargo se mantienen éstas, y en los grandes escudos de Carlos I se continúa cuartelando a Castilla y a León en los cuarteles principales, siendo ya quizá el primer caso de armas reales en las cuales las personales del monarca dejan lugar a las de los reinos. Posteriormente, con la venida de los Borbones a nuestros reinos, se colocan las suyas propias en escusón, mantenien-

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do las de España como nación, ejemplo que siguió Amadeo de Saboya en su efímero reinado. En el caso de Isabel II no es problema, ya que siempre resultaban las mismas por la alianza con su primo por ser la misma brisura y línea, al no brisar de manera diferente, en España, los infantes. Pero esta excepción se limita a las armas reales por línea femenina, pues concretamente las Heráldica femenina se regula por las reglas que a continuación expondremos.

En la manía de regular hasta el extremo la Heráldica, precisamente al iniciarse la decadencia de esta en el siglo XVI, en Flandes se llega hasta el límite de distinguir las armas de las solteras con dos matices diferentes: En aquellas que buscaban marido y en las que las era indiferente o preferían continuar en el celibato. En éstas, las armas empleadas eran las puras de su padre, mientras que en las otras el escudo se partía y en la segunda mitad se colocaban las armas paternas, dejando de plata el primer cuartel para recibir las de marido al producirse el enlace. Otras, sin embargo, partían el escudo poniendo en la diestra las paternas y en la siniestra las maternas. Pero todas estas reglas fueron muy poco empleadas y escasamente aplicadas, y la más general era que las hijas adoptaran las armas paternas puras exclusivamente por extinguirse en ellas su uso.

Las mujeres casadas tenían derecho a usar las armas de su marido, bien poniendo las propias y dedicando el segundo cuartel a las del consorte o bien en dos escudos separados, puesto el uno al lado del otro. La simplificación impuso el uso de un solo escudo partido o cuartelado, reservando los cuarteles de honor para las armas adquiridas por matrimonio.

La primera distinción concierne a las viudas para el uso de sus armas. Algunos tratadistas, entre ellos Nisot, pretenden que las viudas casadas en segundas nupcias pierdan el derecho al uso de las armas de su primer marido, pero sin embargo las costumbres heráldicas de Flandes y de Francia las mantenían en posesión del escudo, partiéndolo y dedicando el primer cuartel al consorte primero y el segundo cuartel al sucesivo, colocando en escusón las armas paternas.

Nisot y Sémainville, en sus respectivos tratados heráldicos,

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niegan el derecho al uso del escudo de armas a la mujer noble casada con un villano, pero esta teoría indudablemente es muy dudosa, desde el momento en que las armas no son signo alguno de nobleza y que aun la misma nobleza no la concluye de perder en España la hidalga casada con uno del estado general. En España pierde sus exenciones y privilegios, aunque tampoco todos, pero en estado de viudedad recobra todos absolutamente. Por eso las armas que en nuestra nación carecen de sentido nobiliario no tienen razón alguna de perderse al celebrarse un matrimonio de distinta condición entre una noble y un villano.

Es evidente que las armas no se transmiten por línea femenina, pero esto no quiere decir que las armas se pierden con hembra, sino que en su escudo cuartelado no pueden nunca ocupar el cuartel primero o de honor, sino que deben colocarse en aquel que las corresponda según el número de apellidos y cuarteles que se reflejen en el mismo.

Las hijas naturales deben añadir a su Heráldica las brisuras de sus padres si éstos también eran bastardos, y las propias de su primera bastardía.

En los pocos países en donde se mantiene la nobleza uterina, ésta gozaba de los mismos derechos que la masculina, pero es una particularidad que se inició en el siglo XIV y en los finales del mismo siglo decayó completamente y de manera definitiva.

Por todo lo expuesto la mujer en la Heráldica contemporánea no transmite nunca el escudo de armas paterno en ningún caso, en el cuartel principal o como armas puras únicas, salvo rarísimas excepciones reservadas exclusivamente y reguladas por disposiciones oficiales excepcionales para cada particular caso, como la legislación civil se aplica para el cambio de orden en los apellidos, con objeto de perpetuar el de determinada persona, por motivos históricos relevantes y de singular importancia, y continuar el uso de un apellido que por hembra se extinguía irremisiblemente, al faltar el varón agnado que lo continuara. Heráldicamente queda o puede quedar el cuartel único con las armas propias del apellido extinguido, mientras que en el uso del apellido se suele recurrir a la composición de uno nuevo formado

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con los dos propios del primer varón, hijo de la hembra última del linaje.

Sin embargo de todo lo expuesto, en España es un aspecto que por su escaso empleo no ha sentado costumbre alguna, correspondiendo a la mayor anarquía cada caso de composición y ordenación de armas que se refiere a los ejemplos y posibles situaciones enumeradas.


Sin por el momento nada más que decir sobre este asunto.

Me despido muy atentamente:
Francisco Domingo Larrosa Gil

FAUSTINO MENÉNDEZ-PIDAL, PREMIO PRÍNICPE DE VIANA

Don Iagoba Ferreira Benito me remite el enlace en el que se recoge la noticia relativa a la concesión, merecidísima, del premio príncipe de Viana al gran maestro de los heraldistas don Faustino Menéndez-Pidal de Navascués. El enlace es este: http://www.diariovasco.com/v/20110405/cultura/menendez-pidal-premio-principe-20110405.html

BLOG DE JOSE MARÍA SAN MARTÍN

Nadie lo acusará de resultar en exceso prolijo, desde luego.

Se propone visita al blog de don José María San Martín Pérez, que acaba de publicar su segunda y acusadora entrada:
http://sanmartinperez.blogspot.com/

martes, 5 de abril de 2011

REFLEXIÓN EN TORNO A MONARQUÍA Y NOBLEZA

Cuentan, y debe de ser verdad, que unos días después de ser creado grande de España, el general Espartero, en el marco del palacio real de Madrid, recibió la felicitación de otro grande, un duque de familia muy antigua, con numeral ante su título con varias equis: “enhorabuena mi general, ya es como nosotros”. Espartero, que mantuvo siempre una claridad de ideas sobresaliente, le respondió airado: “No, señor duque no, ya soy igual que su antepasado, el que consiguió su titulo, no tengo nada que ver con usted”.
El sucedido viene al caso de la noticia de la que se hizo eco don Javier de Cruïlles en su excelente blog (http://heraldicacatalana.blogspot.com/2011/03/noticia_08.html) sobre la supuesta polémica relativa a la creación de los últimos títulos nobiliarios.
El fondo, la esencia del artículo, me parece grave. Por un lado se permite corregir las decisiones de nuestro monarca. Por otro, alude a que la concesión a un eximio futbolista que ha alcanzado el máximo escalón en su carrera deportiva, conduciendo al triunfo a la selección nacional, supone plebeyizar la nobleza.
En relación al primer tema, corregir las actuaciones del rey, me permitiré aburrirle, improbable lector, con un par de breves ideas:
Desde que un grupúsculo de supuestos intelectuales, bastante ignorantes, decidió darse bombo atacando la institución, parece que lo único que trasciende en relación con la monarquía son los privilegios que ostenta. Efectivamente los posee. Los miembros de la familia real gozan sin duda de una serie de ventajas económicas, poder, exenciones y privilegios de los que el resto de la ciudadanía carece. Aunque desde luego, bastantes menos que cualquier otro español con una renta elevada. En lo que no suele repararse es en que esos privilegios se ven acompañados de obligaciones. De muchas obligaciones.
España decidió dotarse a sí misma de una constitución, en el año 1978, aprobando por inmensa mayoría el referéndum convocado. Esa carta magna, cúspide del corpus jurídico en el que se basa la necesaria estabilidad social que consiguen las leyes, consagra la monarquía como forma de la jefatura del Estado, estableciendo una serie de deberes para el monarca:
Nuestro rey es el capitán general de los ejércitos y como tal ejerce. Mantiene una cercanía con los profesionales castrenses que es alabada y reconocida por la familia militar, pulsando opiniones entre los mandos, y siempre atento y receptivo a sus necesidades.

El rey es moderador, árbitro necesario de la alternancia de partidos que consagra el sistema democrático. Y como tal, realiza sus funciones llamando a la cordura y la sensatez a los miembros de la clase política.
El monarca además representa, como la bandera, al propio Estado. Esa es la razón por la que se inclina la cabeza a su paso y al saludarlo. Y ese deber lo ejecuta con sabiduría. En sus viajes al extranjero, como embajador excepcional de España, se hace acompañar de empresarios con el fin de dar proyección al tejido empresarial nacional abriendo las puertas, gracias a sus contactos internacionales, a la inversión nacional en el exterior.


Por último, el soberano es fuente de honores y distinciones, siendo en consecuencia quien discierne la idoneidad, la conveniencia de cualesquiera premios que otorgue. Y su actuación en esta tarea constitucional ha sido siempre intachable. Ha sabido engrandecer y condecorar a quien lo merece buscando, tanto premiar una actuación o un devenir vital, como servir de acicate para el resto de la sociedad.
Concluyo esta idea resumiendo lo expuesto: el monarca goza de privilegios, sí, pero cumple con maestría sus deberes en beneficio de todos.
En cuanto al segundo asunto, la idea de plebeyizar la nobleza al concederse por estrictos méritos, expondré tan solo dos apuntes.
Si es cierto, como expone el artículo que ha dado lugar a esta tediosa entrada, que la idea que tiene de sí misma la nobleza es la de estar por encima del común de los conciudadanos, los plebeyos según una expresión desaparecida del ámbito jurídico a principios del siglo XIX; si creen los nobles titulados que su condición es superior en alguna medida al resto de españoles por el hecho de que un antepasado fuera merecidamente premiado por su esfuerzo en favor de España; si creen que aún mantienen algún privilegio, por leve que sea, frente al resto de la ciudadanía; si, en el siglo XXI, todavía se consideran, en definitiva, los custodios de alguna clase de valores, o de actitudes, que el resto de españoles no son capaces de poseer, y en consecuencia, a los que un merecidamente creado nuevo marqués no puede acceder, creo, creo de verdad, que ha llegado el momento de hacer que la nobleza titulada, salvo en el entorno de la real familia, no sea transmisible. Si es cierto lo expuesto, es preferible que la nobleza no se suceda.
Desde que la revolución francesa pusiera fin al miedo y al atropello como base de las relaciones sociales en sentido vertical; desde que la nobleza fuera desposeída de otro valor que no fuera el reconocimiento histórico; y desde que la ciudadanía en su conjunto advirtió que del esfuerzo colectivo dependía el progreso social, la nobleza en una sociedad democrática tiene sentido únicamente como premio otorgado en reconocimiento a las excepcionales virtudes de algún ciudadano.
Redundo en la idea para concluir esta reflexión. Quizá en España se haya alcanzado ya el estadio evolutivo social en el que los títulos, como elegante forma arcaica de premio social, deban únicamente ser poseídos por quienes contraigan los méritos suficientes para hacerse acreedores de esa merced. Pero no por sus sucesores. Títulos que se agoten en sí mismos con un único concesionario.

lunes, 4 de abril de 2011

CORRECCIÓN

Un fenomenal artista heráldico de quien se ha hablado en varias ocasiones en este blog, siempre manifestando sincera admiración por sus trabajos: exponentes del mejor arte. Don Carlos Navarro Gazapo ha tenido la deferencia de remitir las líneas que siguen corrigiendo sabiamente, como no podía ser de otra forma, mi entrada del sábado.

Estimado José Juan:

Leo tu entrada de hoy sábado acerca del uso de cintas a imitación de la Jarretera, y por supuesto sin ningún ánimo de corregirte, sí que te diré que soy un enamorado de la heráldica inglesa, no hay más que ver el diseño actual de mis propias armas,
y que tengo una extensa colección de porcelana inglesa del siglo XIX con motivos heráldicos, sobre todo del periodo Regencia y primera época victoriana.

En muchas de estas piezas no aparecen las armas completas pintadas, sino solo la cimera, a veces rodeada de una cinta con su lema a imitación de la jarretera, en un uso al parecer por lo menos en aquella época bastante habitual y que vendría, si no a contradecir tu entrada, sí a matizarla.

Te envío algunos ejemplos de ello.





Adjunto igualmente un escudo de la provincia de Amberes en el que el artista, también del XIX, hace un uso similar de la cinta.
Un cordial saludo,
Carlos Navarro

domingo, 3 de abril de 2011

NO SE AÑADE COMENTARIO ALGUNO

Redactar un blog tan tedioso permite, a pesar de todo, gozar de buenos ratos. Se expone, tal cual se ha recibido, el mensaje que sigue, añadiendo, a instancias de su autor, que los títulos son “meramente honoríficos”. Siéntese, improbable lector, no se vaya a caer.

Excelentísimo Señor José Juan Carrión Rangel, le saluda Su Alteza Mágica Don Alexis Saavedra Díaz, Jefe de la Casa Saavedra - Díaz, Gran Maestre de la Soberana Orden Mágica de la Triquetra, 1ºConde de Los Montes Claros y 1º Duque de del Campo. Originario del Antiguo Virreinato del Perú.

Es muy grato dirigirme a su Excelencia para remitir las Armas que he adoptado para mi Familia y toda su descendencia, así como mis armas Personales, como las Armas de la Recién Fundada Orden de la Triquetra (cuya finalidad es reunir a todos los personas que practican el noble arte de la Magia y Hechicería)

Respecto a las Armas Adoptadas para mi familia. Es un escudo español con influencia gala, cuartelado en cruz. En Cuyo Primer cuartel, es una combinación de las armas de mis Señores padres. un fondo ajedrezado, distintivo de la casa de Saavedra, a lo cual le he agregado un León propio de la casa de los Díaz, con una brisura de gules con ocho aspas de oro.
En el cuarto cuartel, partido en palos color azur y plata, con un lobo en sable. Agréguese un escusón, formado por escudo con influencia gala, cuyo fondo es de plata en la que se encuentra una triquetra de oro, brisado en gules con 5 estrellas de 5 puntas. Debido a que mi familia por propio derecho pertenece a la Orden de la triquetra le corresponde el uso de éstas armas.

Respecto a mis Armas personales: es un escudo en forma de cabeza de caballo, para recordar mis antepasados italianos por costado materno.
Está compuesto por un campo de plata con bordes de oro, en el que se encuentran tres estrellas de oro de 5 puntas. Además se ubican, un ciprés coronado por una paloma de plata, rodeado de dos lobos de sable. Del mismo modo también he representado el mar. El ciprés representa la sabiduría en las artes mágicas y la Fe en Dios de quien suscribe esta carta posee. A la vez que la paloma representa la paz, como también a mis antepasados quienes siempre cuidan de mi y de mi familia. Las tres estrellas significan a la Santísima trinidad, debido que a pesar de practicar las sagradas artes mágicas soy un fiel creyente católico romano. El mar representa al Mar de Grau que baña las costas de mi ciudad natal (Piura). Quedando representado también los cinco elementos naturales (agua con el mar, fuego con el ciprés ya que se parece a una llama de fuego con las estrellas, tierra con la porción de tierra que divide el mar del ciprés, aire con el campo de plata y metal con los dos lobos de sable.
Además está timbrado con un sombrero cónico color gules del que se desprenden 15 borlas, que denotan el más alto rango de la orden. El rojo solo lo he reservado para las personas que son mágicas de nacimiento y las borlas representan el Estatus que ocupan en la orden. Así corresponden 15 borlas al gran patriarca, 10 a los miembros de segundo grado de la orden y 5 para los miembros de tercer orden.

También acompañan a mis armas una corona de duque, título que me he arrogado en recuerdo a los antiguos y abolidos títulos nobiliarios que existían en el Virreinato del Perú. Del mismo modo, concedo títulos nobiliarios honoríficos a todos los miembros de la Orden, tal es así que existen un barón de Huacho, una Marquesa de las Palmas, un Duque de Castell Forte, etc.
Otro mueble que acompaña a mis Armas es un collar de oros, con cinco florines, rematado por una cruz color azur que en medio tiene el emblema de mi orden, y que es concedido a todos los miembros de la orden.

Respecto a las Armas de mi Orden.
Compuesta por una Escudo en forma de cabeza de caballo con un campo de plata en el que se encuentra una triquetra de oros, con una brisura de gules con estrellas de oros de 5 puntas. Con un mueble de una águila bicéfala regia en gules, timbradas por una corona de duque, titulo que ostento como gran maestre.

Pd.

Mil disculpas si existen imprecisiones terminológicas respecto a la descripción de las armas.
Agradecería su comentario y sugerencias para con mis arma, y Dios quiera que puedan ser publicadas en su digno blog.
Le remito mis armas en imágenes en formato de jpg, también las tengo en formato de corel draw
le remito a su vez, las armas de mi familia en forma oval,
en el caso que a mi muerte sin descendencia, la jefatura de la Casa Saavedra Díaz sea asumida por mi Hermana Doña Anyela.

como también las Armas de la orden de la triquetra y de san Cipriano con el escusón de las armas de mi familia.
QUIEN BESA SUS PIES Y MANOS

Atentamente

Su Alteza Mágica Don Alexis Saavedra Díaz.

Jefe de la Casa Saavedra - Díaz, Gran Maestre de la Soberana Orden Mágica de la Triquetra, 1ºConde de Los Montes Claros y 1º Duque de del Campo

sábado, 2 de abril de 2011

SÁBADO: IMÁGENES

Hoy se proponen a su recreo, que imagino que será coincidente en alguna medida con el de quien suscribe, algunas imágenes que he extraído de la red. Estas instantáneas no pretenden nada, no conducen a ninguna idea, no concluyen en ningún novedoso concepto. Se trata únicamente  de imágenes de contenido heráldico o similar que, a buen seguro, le harán recordar alguna noción de nuestras ciencias.

Comienzo con las armas del que fuera reino de Sajonia: Un elegante burelado de oro y sable de diez piezas, con cracolín de sinople puesto en banda.
Por un lado, el cracolín, como ya sabe improbable lector, es la representación de una corona. Cracolín que se dispone igualmente en la enseña del reino de Valencia.

Por otro, burelado, puestos a repasar, es la voz en lingua blasona que sirve para significar un escudo que contiene un número par de fajas de esmaltes alternos.
La diferencia con un fajado viene determinada por el número impar de fajas de este último.
A continuación se expone una composición heráldica existente en la catedral de Winchester, en el Reino de Inglaterra. Representa al cardenal Beaufort, hijo bastardo del duque de Lancaster y en consecuencia nieto del rey Eduardo III. Bastardía posteriormente legitimada por matrimonio, como se debe ahora expresar, de sus progenitores A y B.
Diferencia las armas del rey de Inglaterra por medio de una elegante filiera componada de plata y azur.
La filiera, una bordura disminuida, es de uso común como pieza para diferenciar armas. Con ese fin ha sido utilizada por el actual prelado del Opus Dei, don Javier Echevarría,
para diferenciar sus armas de las de su antecesor en el empleo, don Álvaro del Portillo.
A continuación se añaden unas imágenes que recuerdan la ornamentación basada en la heráldica. La primera de ellas tomada del castillo galés de Coch.
Y esta otra de una pila bautismal austríaca.
Continúo, para terminar, con una serie de escudos que se enmarcan en el interior de una cinta.



Escudos necesariamente británicos toda vez que se trata de la venera, extraña pero venera a fin de cuentas, de la orden de la Jarretera.
Vienen a colación para recordar que el uso de cinta alrededor de unas armerías significa, al menos intuitivamente, que se trata de un recipendario de la orden citada.
No es en consecuencia correcto inscribir las armerías propias,  o institucionales, en el contorno de una cinta a la que se añadan textos, salvo en aquel entorno y para expresar la concesión de la jarretera. Aunque se trate de colegios de nobles titulados en reinos extranjeros extintos.