sábado, 2 de abril de 2011

SÁBADO: IMÁGENES

Hoy se proponen a su recreo, que imagino que será coincidente en alguna medida con el de quien suscribe, algunas imágenes que he extraído de la red. Estas instantáneas no pretenden nada, no conducen a ninguna idea, no concluyen en ningún novedoso concepto. Se trata únicamente  de imágenes de contenido heráldico o similar que, a buen seguro, le harán recordar alguna noción de nuestras ciencias.

Comienzo con las armas del que fuera reino de Sajonia: Un elegante burelado de oro y sable de diez piezas, con cracolín de sinople puesto en banda.
Por un lado, el cracolín, como ya sabe improbable lector, es la representación de una corona. Cracolín que se dispone igualmente en la enseña del reino de Valencia.

Por otro, burelado, puestos a repasar, es la voz en lingua blasona que sirve para significar un escudo que contiene un número par de fajas de esmaltes alternos.
La diferencia con un fajado viene determinada por el número impar de fajas de este último.
A continuación se expone una composición heráldica existente en la catedral de Winchester, en el Reino de Inglaterra. Representa al cardenal Beaufort, hijo bastardo del duque de Lancaster y en consecuencia nieto del rey Eduardo III. Bastardía posteriormente legitimada por matrimonio, como se debe ahora expresar, de sus progenitores A y B.
Diferencia las armas del rey de Inglaterra por medio de una elegante filiera componada de plata y azur.
La filiera, una bordura disminuida, es de uso común como pieza para diferenciar armas. Con ese fin ha sido utilizada por el actual prelado del Opus Dei, don Javier Echevarría,
para diferenciar sus armas de las de su antecesor en el empleo, don Álvaro del Portillo.
A continuación se añaden unas imágenes que recuerdan la ornamentación basada en la heráldica. La primera de ellas tomada del castillo galés de Coch.
Y esta otra de una pila bautismal austríaca.
Continúo, para terminar, con una serie de escudos que se enmarcan en el interior de una cinta.



Escudos necesariamente británicos toda vez que se trata de la venera, extraña pero venera a fin de cuentas, de la orden de la Jarretera.
Vienen a colación para recordar que el uso de cinta alrededor de unas armerías significa, al menos intuitivamente, que se trata de un recipendario de la orden citada.
No es en consecuencia correcto inscribir las armerías propias,  o institucionales, en el contorno de una cinta a la que se añadan textos, salvo en aquel entorno y para expresar la concesión de la jarretera. Aunque se trate de colegios de nobles titulados en reinos extranjeros extintos.

viernes, 1 de abril de 2011

CAPACIDAD HERÁLDICA

Me recuerda don Carlos Cerda Acevedo, cuyas distinguidas armas son las que siguen,
desde Chile, nación hermana, que defiendo una causa. Aquella que reclama la libre adopción de armas nuevas. No había reparado expresamente en el asunto, pero es cierto.

Realmente no es más que una puesta al día de la costumbre medieval que admitía la capacidad heráldica de todos los estamentos de la sociedad y de cualquier institución. Y así ha sido desde inmemorial, por mucho que algunos nobiliaristas se empeñen en lo contrario.

En tal sentido se trae hoy el argumento jurídico que demuestra el legítimo derecho de adopción de armas por cualquier individuo. Argumento que expone el propio don Carlos Cerda Acevedo, insigne jurista con blog propio sobre derecho heráldico, que ya conoce improbable lector:

Se añade una tediosa y antigua reflexión sobre el particular con la que ya tuve el honor de aburrirle hace algún tiempo:


¿CUÁL ES EL ESCUDO DE MI APELLIDO?

Prácticamente a diario se reciben mensajes en el correo creado para el tedioso blog que está leyendo, improbable lector. Y más a menudo de lo razonable se plantea una cuestión concreta. Es la relativa a la licitud del uso del escudo que un improbable lector ha podido encontrar en la red o que ha comprado a través de internet en una página que se dedica comercialmente al diseño de escudos por ordenador o que, incluso, ha adquirido en un centro comercial en un stant dedicado al tema. Armas heráldicas que, en muchas ocasiones se han dispuesto en el ordenador como fondo de escritorio o incluso se han enmarcado para adornar un rincón del domicilio, llegando a tomar un cierto apego, un cierto cariño a ese dibujo, a ese escudo que se considera como propio.El asunto sobre la licitud de la adopción de un escudo adquirido en una casa comercial se ha abordado en varias ocasiones en este espacio virtual. Pero será un honor volver a considerarlo dado que, como se ha expuesto, es una cuestión que con acusada regularidad se plantea. De nuevo se expresa la misma opinión: Las armas que expone, improbable lector, en su domicilio y que ha adquirido a través una empresa de internet que se decía especializada en heráldica o en un mostrador ambulante que encontró en un centro comercial, y que le explicaron que son las que le corresponden en razón de su apellido son un fraude. Un verdadero y absoluto fraude. Son las armas que usa una familia que comparte su apellido, pero que nada tiene que ver con usted, improbable lector. Se trata de las armas que eligió para sí mismo y para su descendencia un individuo que se apellidaba como usted, improbable lector, pero que no es su ascendiente.Las armas son propias de un linaje, de una familia. Son, en palabras del rey de armas don Vicente de Cadenas, la extensión gráfica del apellido, entendido el apellido como elemento común de la familia cercana. En consecuencia, no deberían usarse las armas que ya ostenta otra familia que no es la suya. No es un delito, evidentemente, pero si aplicamos un poco de rigor, no es admisible. Es probable que el haber tenido expuesto durante un tiempo una imagen con un escudo que hemos considerado como propio, haga que hayamos adquirido un cierto apego, un cierto afecto por ese emblema, por esas armas. Pero hay que dar el paso y empezar a considerarlas como ajenas, que es lo que son.Hay que tomar conciencia de la necesidad de optar por unas nuevas armas. La realidad es que el origen de la heráldica no se circunscribió a los caballeros. La heráldica fue desde sus orígenes igualitaria, en el sentido de que cualquier individuo o corporación dispuso de armas propias. Y esas armas que hoy consideramos ancestrales fueron en un momento determinado novedosas. Alguien consideró la necesidad de crear nuevas armas y adoptó las que le parecieron más acertadas para representar la familia o la institución objeto de su elección. Del mismo modo se ha de tomar la decisión de diseñar armas nuevas. Es verdad que puede optar, improbable lector, por alterar las armas que ha venido considerando como suyas, las que descubrió en internet como propias de su apellido, dado el afecto que lógicamente habrá desarrollado por ese escudo que expone en su domicilio. Esta alteración podría ser un cambio de esmaltes o bien añadir o restar alguna figura.El diseño, en cualquier caso, debe someterse a evidentes normas. Las propias de nuestra ciencia ya conocidas, como evitar disponer color sobre color o metal sobre metal, la ley de la plenitud o la de la simetría y otras, no tan conocidas, pero igualmente importantes. Son las que don Vicente de Cadenas recogió en su obra Fundamentos de heráldica. La ciencia del blasón. Como muestra de aquellas se destacan las siguientes:

Nunca disponer más de tres figuras diferentes en el escudo.

Evitar un diseño con excesivas particiones: El diseño más elegante es aquel en el que no existen.

No escoger más de tres esmaltes.

Una vez decidido un diseño armero, la representación se podrá realizar sobre papel, bien artesanalmente, bien a través del recurso al ordenador. No es necesario ser un dibujante experto. La red da acceso a diferentes programas de fácil manejo que permiten diseñar nuevas armas tomando elementos, figuras heráldicas, de aquí o de allá con resultados satisfactorios. En cualquier caso se puede recurrir a un experto dibujante. Si esta es su elección se propone a cualquiera de los excelentes diseñadores cuyos trabajos pueden admirarse accediendo a sus páginas a traves de los enlaces que se alojan en la columna de la derecha de este tedioso blog.
También se puede optar por el, siempre elegante, diseño sobre madera que, aunque conlleva más esfuerzo, redunda en una satisfacción mayor al obtener un objeto ornamental.En este sentido se expuso cómo se podían diseñar armas sobre madera. Fue en esta otra entrada.
Como conclusión le animo, improbable lector, a que ejercite su imaginación y se decida a diseñar armas nuevas abandonando esas que encontró en la red. Como ejemplo de creación de armas nuevas sin complejos se proponen las de los miembros de American Heraldry Society, que incluso someten al juicio del resto de miembros los motivos de elección y el diseño de sus nuevas armas.Una vez decididas y representadas las nuevas armas surge el problema del registro. El hecho de registrar armas pretende evitar el habitual caso de usurpación de las propias armas por otro individuo. Hasta el reciente fallecimiento de don Vicente de Cadenas, en 2005, podía recurrirse a su autoridad como rey de armas del reino de España para solicitar una certificación de armas de nueva creación. Pero con su desaparición se han abierto caminos dispares.
Por un lado puede recurrirse al cronista de armas de Castilla y León, don Alfonso de Ceballos-Escalera Gila, III marqués de la Floresta. Este cronista ha certificado armas gentilicias. Es verdad que, como se expuso hace tiempo, a petición del propio cronista el Consejo de Estado estudió en 1995 su caso y no consideró conveniente proponer su habilitación para la tarea que venía realizando, certificar armas gentilicias, es decir armas para individuos particulares.
Pero, tal como se ha expuesto en repetidas ocasiones, el conforme otorgado por el rey al menos a tres certificaciones de armas creadas por don Alfonso, tiene el suficiente peso para considerar su oficio de rey de armas convalidado por voluntad de rey que es, en última instancia, conforme al mandato constitucional, fuente de honores y distinciones.

Se recuerdan, por medio de vínculo a otra antigua entrada, los detalles para ejercitar la solicitud de certificación de armas nuevas ante el III marqués de la Floresta. Y añado que no tengo el honor de conocer personalmente al señor marqués ni, por supuesto, participo en beneficio de operación alguna mercantil en relación a este asunto.

Otra opción igualmente acertada es comunicar con el Registro internacional de armas gentilicias (RIAG) que, con maestría y rigor, va acumulando en sus minutarios armas de nueva creación que se legalizan ante notario público. Registro notarial sirve para determinar la fecha exacta de elección de las armas evitando su posible uso indebido por parte de otras instancias.

jueves, 31 de marzo de 2011

OCTAVA LEY

Hoy me permito proponer a su ingente sabiduría, improbable lector, un doble texto. Se trata, tanto de un reflexivo y bien configurado documento, como del mensaje que lo acompaña, remitidos por don Florentino Antón Reglero, uno de los grandes de nuestras ciencias heroicas.

Éstas que siguen son sus palabras:

Estimado José Juan:

Yo también ando liadísimo y no siempre puedo entrar en tu reconfortante Blog. Menos mal que la estructura nos permite ver de una sentada todo el material atrasado de unos días.

Quiero agradecerte el esfuerzo que a diario haces para mantenerlo abierto. Sé lo difícil que resulta quitar horas de sueño o de atención a la familia, que indudablemente es prioritaria, y lo problemático que ello puede resultar. Aún así estás a diario en la brecha defendiendo a pecho descubierto la ciudadela. Mi más sincero reconocimiento por ello y muchas, muchísimas gracias.

También recuerdo haber leído el comentario pacificador del Barón de Sorvigo, lleno de indudable inteligencia socarrona, al que doy la razón en cuanto a que Xavier García no pretendía ofender. En realidad era la forma de decir las cosas lo que me pareció fuera de lugar, no el hecho, en sí, de que las dijera. Le doy las gracias también por sus palabras hacia mi. Lamento no haberle conocido en las jornadas.

Te remito hoy otra de esas cosas mías, con la que puedes obrar con libertad. Me ha resultado difícil sintetizar el contenido intentado que quedara claro, y he utilizado esa metodología expositiva de forma especial para aquellos que necesitan como Santo Tomas ver para creer. Es decir, he intentado poner en funcionamiento la filosofía, la antropología y la matemática al servicio de la Heráldica convirtiéndolas en sus auxiliares. No sé si lo he conseguido o se me entenderá. Pero ahí queda.

Te envío mi más cordial y afectuoso saludo

Florentino Antón Reglero



SOBRE EL PRIMER CRITERIO DEL DISEÑO HERÁLDICO: “DE LA NITIDEZ (C1)”

Dr. Florentino Antón Reglero
Capitán de la Marina Mercante Española
Master Universitario en Derecho Nobiliario y Premial, Heráldica y Genealogía


Aunque la estilización heráldica no aparece tratada de forma específica y con suficiente claridad por los autores españoles de los siglos XVIII y XIX, sí lo hacen de forma incipiente, y es de agradecer, tanto Messía de la Cerda como Cadenas y Vicent, entendiéndola, a mi juicio, como una respuesta a la búsqueda de la nitidez de las figuras a través del realce de sus contornos, de la sencillez del dibujo y de la no utilización de cualquier recurso pictórico que pueda entorpecer su visión diáfana, en decir, sombras y matices de color en un mismo plano. Se trata de una característica considerada fundamental en el diseño heráldico, y que, por ello, he preferido incorporar en plano de igualdad metodológica al resto de las normas ya existentes, considerándola por mi parte como la “Octava Ley”. Y es ésta la causa por la que suelo definirla diciendo que «Todas las figuras deben dibujarse con sencillez, haciendo resaltar su perfil más característico, sin sombreados ni matices de color en un mismo plano, de modo que resulten nítidas a la vista, a la vez que se destaquen sus atributos más significativos con el fin de ser plenamente identificadas con facilidad».

Pero si bien esto puede ser suficiente para la labor creativa del diseñador heráldico, no debiera serlo tanto para el heraldista, cuya perspectiva ha de estar más situada en el plano de las causas remotas que en el de las próximas. Es por ello que, desde las posibilidades que nos brinda un enfoque hecho desde la antropología sociocultural, resulta prioritario descubrir la razón lógica del criterio, utilizando como hipótesis de trabajo la relación () (mi ordenador, bastante antiguo, dispone un cuadrado en vez del símbolo de equivalencia matemático que remite en su texto don Florentino) que pudiera tener con el sentimiento colectivo, más o menos consciente y razonado, que de la belleza poseía la sociedad medieval en la que las formas heráldicas han nacido, es decir, con aquella parte de los Fundamentos de la Estética Medieval (FEM) que pudieran poseer alguna relación directa con esta primera norma.

Si quisiéramos expresar de manera sencilla los contenidos del Criterio de la Nitidez (C1), podríamos recurrir a una expresión matemática tal como [C1 = f (C1a, C1b, C1c)], en la que C1 es el propio criterio, al que encontramos siendo función (dependiendo) de (C1a = la estilización) entendida, ya lo hemos dicho, como realce del contorno exterior, perímetro lineal o espacial de la imagen, en busca de su nitidez en relación con la superficie donde está pintada, grabada o esculpida. Pero la nitidez depende también de (C1b = la claridad) y, por consiguiente, de la limpieza de los colores. De ahí que en el diseño heráldico no se admitan ni las sombras ni los sombreados, y que, en origen, los colores, en su uso, fueran puros, sin gamas que pudieran entorpecer la diáfana visión de las partes dentro del conjunto, gracias, precisamente, a las exigencias de la nitidez que proporcionan los contrastes. Además, la estilización como realce del contorno externo de la imagen pretende ir más allá, y exaltar en (C1c = la simplicidad) los atributos de lo representado, haciendo uso de un diseño que podríamos considerar enmarcado en el campo de la caricatura, por lo que se halla íntimamente relacionado con el concepto de ‘forma’. Siguiendo la misma estructura matemática que venimos usando como método, se trataría de establecer el nivel de relación (NR) aquí existente, algo que podríamos expresar en este caso bajo la fórmula NR1 = FEM1  C1. , en el que FEM1 = f (F2, F1, C2)

Cuando las formas heráldicas germinas, una esuela filosófico-teológica (schola monástica), fundamentalmente mística y simbólica, está llegando a su plenitud. En ella encontramos una concepción de la estética exclusivamente metafísica, basada en la cosmovisión cristiana del universo, que se hace heredera de contenidos de origen pitagórico-platónico-neoplatónico puestos al servicio la belleza. De este modo, el artista, situado en el microcosmos, está “obligado” a reflejar en su obra la belleza del macrocosmos, creación divina, mediante la aplicación del canon matemático con que todo fue hecho -metafísica de la proporción y de la luz-. En ese mismo tiempo de plenitud medieval, una segunda escuela filosófico-teológica nace (schola clericales). En ella germina, florece y se desarrolla la Escolástica, marcando el pensamiento de toda la Baja Edad Media, y aportando a ese objeto de nuestro interés -la metafísica de la proporción y de la luz- un complejo sistema conceptual al que no es ajena la obra de Aristóteles, y en el que los conceptos semánticos de figura y de forma adquieren para nosotros un definitivo valor.

Cuando nos acercamos a la concepción de la belleza desde la perspectiva de la schola monástica, necesariamente habremos de hacerlo con la visión estética del cosmos que nos proporciona la triada sapiencial: numerus, pondos et mesura, de la que derivan precisamente el modus (magnitud, dimensión, medida), la forma (imagen, figura), y el ordo (orden, ordenación).

Como vemos, la forma esta presente desde el principio en la percepción estética de la belleza en la Edad Media a través de la concepción intelectual de la triada sapiencial, de la que toma la imagen para percibirla y justificarla desde el inherente cuantitativo de la figura (F2), ligada a la estilización (C1a), y desde el inherente cualitativo de la forma (F1), ligada a la sencillez (C1c) que realza los atributos. En estas dos percepciones de la imagen reside uno de los dos aspectos de la nitidez. El otro procede del color, como respuesta metafísica a la Luz Divina (C2 = luminosidad, claridad), aunque aquí nos limitemos a considerar su realidad objetiva centrada también en la búsqueda de la nitidez; constatando que el uso de colores elementales, intensos, bien definidos, sin matices, que se aplican sobre superficies bien delimitadas, capaces de superponerse en una yuxtaposición ordenada de contrastes, resulta ser una costumbre generalizada del ciclo medieval, y, en consecuencia, no una norma exclusivamente heráldica ajena a la realidad circundante.

Podríamos significar ese conjunto de relaciones mediante expresiones como: C1a  F2; C1c  F1; C1b  C2, para concluir diciendo que el primer criterio del diseño heráldico, el de la nitidez, no fue aleatorio, sino determinado por la percepción que de la belleza tenía la sociedad medieval. Y puesto que hay congruencia, terminar diciendo que FMN1 Ξ C1.

OPINIÓN

OPINIÓN

No pensaba redactar comentario alguno. No obstante, dado que en varios blogs hermanos se ha publicado el asunto, debo aprovechar la ocasión para añadir unas líneas.

Quiero manifestar mi agradecimiento por la distinción que me ha otorgado la orden de san Lázaro, añadiendo que no he hecho más que dar cumplida noticia de una antiquísima corporación que mantiene, hoy como ayer, el desvelo por atender a los más desfavorecidos, a los más apartados de la sociedad.
Esa inquietud por los enfermos, especialmente por los leprosos, que ha perpetuado desde su origen san Lázaro es, a fin de cuentas, la manifestación más sincera del cumplimiento del mandato del Maestro.

Confío en que esta concesión sirva como acicate para dar más publicidad a las labores benéficas de la religión de san Lázaro y, de ese modo, animar a otros a participar de tan gran trabajo en favor de los desamparados.

miércoles, 30 de marzo de 2011

TOISÓN DE ORO


FRANCO Y EL TOISÓN DE ORO

Extractos de la conferencia pronunciada en el salón de Actos del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, el 2 de abril de 1996 por José Luis Sampedro Escolar, Numerario de la Real Academia Matritense de Heráldica y Genealogía


Caída la Monarquía en 1931, el nuevo gobierno se apresuró a declarar otra vez extinguida la Orden del Toisón y Don Alfonso XIII, su Soberano, no concedió públicamente ninguno en el exilio (aunque algunos dicen que en 1938 lo otorgó a su nieto, el hoy Rey Don Juan Carlos I, en su Bautizo, lo cierto es que no queda constancia escrita no gráfica de ello).
Las vicisitudes de la Familia Real en el destierro afectan en gran medida a la Insigne Orden. En 1933, el Infante Don Jaime, segundo hijo varón de Alfonso XIII, renuncia, por su condición de sordomudo -que, presuntamente, le imposibilitaba para el ejercicio de la Jefatura de la Causa Monárquica- a sus derechos a la Corona de España (renuncia que fue revalidada por el propio Infante posteriormente de forma expresa en diferentes ocasiones).
Realizada estando aún soltero y sin hijos, esta renuncia haría pasar los Derechos de Sucesión al tercer hijo varón, el Infante Don Juan, que se convirtió así en el Príncipe de Asturias. En 1941, poco antes de su fallecimiento, Alfonso XIII abdicó en el dicho Don Juan, quien se convertía, para los monárquicos, en Rey de España en el exilio, conociéndosele en la Historia, a falta de efectiva proclamación, como Conde de Barcelona, título de Soberanía que adoptó y conservó hasta su muerte.
En 1960 se publicó un curioso libro, original del Marqués de Cárdenas de Montehermoso, en el que se defendía la tesis de que el Infante Don Jaime sólo había renunciado a sus derechos a la Corona de España, pero no lo había hecho a los del Ducado de Borgoña y a la Soberanía del Toisón, reabriendo así la vieja polémica sobre si iban unidas o no la Corona de España y la jefatura de la Orden borgoñona.
No se tenía en cuenta, como recuerda el Barón de Pinoteau, que el Infante Don Jaime, con mucho fundamento, se decía Jefe de la Casa Cristianísima de Francia, y que la Corona del país vecino, según la Paz de las Damas de 1529, reconocía la Soberanía del Toisón en el Rey de España. En cualquier caso, Don Jaime otorgó varios toisones a personajes que le eran afectos de la nobleza francesa, como el Duque de Beauffremont, a otros de la realeza que admitieron el nombramiento sin prejuicio ninguno, como el Príncipe Irakly de Georgia, y a personalidades más chocantes, como astronautas norteamericanos.
Posiblemente para reafirmar su convencimiento de que la Soberanía del Toisón iba aneja a la titularidad de la Corona de España, el mismo año de la aparición del libro de Cárdenas, 1960, el Conde de Barcelona otorgó el Vellocino de Oro al Rey Balduino de los belgas, con motivo de su matrimonio con la española Doña Fabiola de Mora.
En los años inmediatamente siguientes, Don Juan concedió esta dignidad a su consuegro, el Rey Pablo de los helenos, y al Duque Roberto de Parma, hoy fallecidos, al Rey Constantino II y al hoy Infante de España Don Carlos, Duque de Calabria y Jefe de la Casa Real de las Dos Sicilias, auténtico primogénito del fundador Felipe el Bueno.
Intentando un acercamiento conciliador al Jefe del Estado, el Conde de Barcelona escribió en 1961 a Francisco Franco ofreciéndole tan preciado galardón. El Generalísimo le contestó declinando tal honor, con lo que evitaba reconocer en Don Juan ningún tipo de Soberanía, y aconsejándole que se asesorase históricamente. Poco después, en 1964, Franco comentó con su primo y ayudante, Franco Salgado Araújo, las recientes concesiones del Toisón por parte de Don Juan al Duque de Calabria y al de Parma. Influido seguramente por las tesis de Cárdenas de Montehermoso, el Caudillo manifestaba a su primo su convencimiento de que Don Jaime ostentaba la Jefatura de la Orden. Como curiosidad anecdótica marginal señalaremos que la Gran Cruz Laureada de San Fernando, impuesta a Franco en 1939 por el General Varela, fue regalada por Don Alfonso XIII y era la que su padre, Alfonso XII, recibió del General Espartero, antiguo Regente del Reino, cuando el Soberano le visitó en su retiro de Logroño.

Dado que en su carta, antes mencionada, el Conde de Barcelona afirmaba que era su deseo que el General Franco fuese el PRIMER español por él agraciado con tan alto galardón, parece que el ingreso del hoy Rey de España debió de producirse por nombramiento de su abuelo Alfonso XIII, posiblemente en el momento de su Bautizo, aunque en diversas ocasiones se ha citado como tal fecha de nombramiento la de 1941, ya fallecido Don Alfonso XIII, sin que haya mediado aclaración oficial alguna al respecto.
Por el gran interés que tienen las cartas cruzadas en este momento entre el entonces Jefe de la Casa Real de España y el Jefe del Estado, reproducimos a continuación íntegramente el texto de ambos documentos:


A S.E. el Generalísimo Don Francisco Franco, Jefe del Estado
Madrid

Mi querido General:

Al cumplirse los 25 años del acceso de Vuestra Excelencia al Poder tengo verdadera satisfacción en hacerle llegar mis más sinceros votos por su salud, dichosamente conservada en medio de tantas preocupaciones y trabajos patrióticos, y por su felicidad personal en unión de su familia.

Cuantas consideraciones de índole política pudiese yo añadir en esta ocasión quedaron ampliamente expresadas en la última carta que con motivo del 25 aniversario del Alzamiento tuve el gusto de escribir a V.E.

Le supongo enterado por el representante de España en Atenas de lo felizmente que se desarrollan los acontecimientos relacionados con el anuncio de la boda del Príncipe de Asturias.

Tengo la certeza de que este matrimonio, que ha sido acogido con expresiva cordialidad por todas las Cortes europeas y las Cancillerías del mundo occidental, será un servicio a nuestra Patria, beneficiando al creciente prestigio internacional de la España de hoy y asegurando para el futuro la continuidad de la Dinastía, que era asunto que me preocupaba hondamente desde la desgra¬ciada muerte de mi hijo el Infante Don Alfonso (q.e.p.d.)

Quiero ahora hablar a V.E., muy confidencialmente, de un asunto que por referirse a nuestras relaciones personales considero de verdadera importancia.

Cuando, por decisión propia, el Duque de la Torre cesó en el cargo de Preceptor del Príncipe de Asturias, algunas personas me propusieron que, como expresión de mi estimación y gratitud por los servicios prestados, le concediese el Toisón de Oro. Entonces contesté que, sin entrar a discutir los merecimientos del Duque de la Torre, yo no podía acceder a esta propuesta porque tenía firmemente decidido que el primer español a quien yo otorgaría el Toisón habría de ser al Generalísimo Franco.

Desde que se divulgó este propósito mío he recibido ya en varias ocasiones la indicación de que debería conceder el Toisón a V.E. y ahora deseo explicarle con toda sinceridad por qué no he aceptado esas sugestiones.

Siendo este honor la única cosa digna de su persona que las circunstancias me permiten ofrecer a V.E., no he querido, en modo alguno, que nadie suplantase mi libre iniciativa, con criterios personales cuya buena fe no discuto, pero que pueden estar inspirados en la preocupación de aparentar servicios a uno y a otro.

Precisamente por ser este honor -como ya he dicho- el único que hoy en día está en mi mano ofrecer a V.E., yo deseo que si V.E. se digna aceptarlo tenga un carácter más personal que político, siendo la expresión del reconocimiento por parte de la Dinastía de los altos servicios prestados por V.E. a España a lo largo de toda su vida de soldado y de hombre público. Desearía que en este homenaje se acumulen los merecimientos de sus campañas de África durante el reinado de mi Padre, que le expresó su amistad apadrinándole en su boda; los del General victorioso en una guerra que más que civil lo fue contra el comunismo interna¬cional, y, finalmente, la gratitud al gobernante que en medio de las necesidades de la táctica política para lograr la permanencia del Poder y luchando con la falta de visión de quienes sólo se preocu¬pan de la perduración de situaciones personales, ha sabido permanecer insobornablemente fiel a los ideales monárquicos de toda su vida marcando con firmeza, en este sentido, la ruta del futuro inmediato de España.

El acontecimiento familiar de la boda del Príncipe de Asturias, que yo desearía se matizase prudentemente con caracterís¬ticas nacionales, me parece ser la oportunidad que yo aguardaba para la realización de este espontáneo deseo mío, y espero que si V.E. encuentra acertado cuanto le expreso en la presente carta, tendremos oportunidad, cuando llegue el momento, de ponernos de acuerdo para que todo se haga de la manera más conveniente y provechosa al servicio de España.

Con saludos para su familia, reciba un cordial abrazo de su afmo.

Juan

Estoril, 27 de septiembre de 1961.



El Generalísimo contestó al Conde de Barcelona eludiendo darle este título:


Palacio de El Pardo, 31 de octubre de 1961
A S.A.R. Don Juan de Borbón.

Mi querido Infante:

Oportunamente recibí su carta de 27 de septiembre con motivo del XXV aniversario de mi elevación a la Jefatura del Estado, y mucho le agradezco su felicitación y recuerdo en esta fecha para mi tan señalada. Si con este motivo se ha exteriorizado la gratitud del pueblo por los servicios que le he podido prestar, ha sido paralela la mía por la asistencia y la confianza que aquél me ha venido ofreciendo en estos veinticinco años, que son muestra de su nobleza y grandes virtudes, y que destruye la leyenda de que nuestra Nación sea un pueblo ingobernable cuando se pone todo el celo y el interés en servirle.

Nuestras Representaciones en Lisboa y Atenas me han tenido al tanto del desarrollo de los acontecimientos relacionados con la formalización de las relaciones del Príncipe Don Juan Carlos con la Princesa Sofía de Grecia, que tantas simpatías ha despertado y que por las prendas y virtudes de la elegida es de esperar que pueda hacer la felicidad del Príncipe y sea fuente de satisfacciones para el futuro.

Existe, sin embargo, en este matrimonio un aspecto que debo encareceros, que es el relacionado con la conversión de la Princesa a la fe católica y el de la ceremonia religiosa del enlace, pues lo que en este orden pudiera satisfacer a la nación griega, seguramente causaría efectos contrarios en la nuestra. Me llegan noticias de que, pese a la noticia que me disteis desde Suiza de que la cuestión religiosa estaba resuelta, algún cabo suelto ha debido quedar, cuando al parecer en Atenas se mueven el Primado cismático Teóclito y la Reina Federica pretendiendo que la ceremo¬nia religiosa de la boda se celebre ante el Sínodo de la Iglesia griega. He querido preveníroslo por los efectos desastrosos que de tener esto verosimilitud pudieran causar en nuestra Nación.

En cuanto al otro asunto que confidencialmente me exponéis en relación a vuestros proyectos sobre el Toisón, yo agradezco en su valor la estimación que hacéis de mis servicios a la Nación y a la causa de la Monarquía, al querer honrarme con tan preciado galardón, que por distintas razones estimo no es conve¬niente y no podría aceptar. En este orden creo debierais pedir información histórica sobre la materia.

Respecto al Duque de la Torre, mucho me alegra el aprecio que hacéis de sus servicios al lado del Príncipe D. Juan Carlos, y desearía que mi resolución no altere lo que en cuanto a él encon¬tréis más acertado, dentro de lo que estiméis vuestra potestad. De todas maneras, y por si tuvieseis otra idea, quiero poner a vuestra disposición mi firma para que, a indicación vuestra, pudiera serle concedido en su caso cualesquiera de los Collares de las Ordenes españolas existentes en la Nación.

Con mis saludos para su familia, reciba la expresión de afecto de su amigo, que le abraza,

FRANCISCO FRANCO

En 1972 el hijo y heredero de Don Jaime, Don Alfonso de Borbón Dampierre, casó, como es bien sabido, con la nieta primogénita del Caudillo, Doña Mª del Carmen Martínez-Bordiú y Franco;

para solemnizar este enlace matrimonial, el Infante Don Jaime decidió conceder el Toisón de Oro a su primogénito y al propio General Franco. Este, al igual que hiciera años antes con el ofrecimiento de Don Juan, declinó el honor recibido y devolvió al Infante el estuche con las insignias, sin lucirlas jamás. Por su parte, Don Alfonso tampoco quiso ostentarlas, provocando, según manifestó él mismo personalmente, un profundo disgusto a su padre.
En cualquier caso, cuando falleció en 1975, Don Jaime no había renunciado a ninguna de sus pretensiones francesas, españolas (incluyendo la herencia carlista) o borgoñona, pero su heredero Don Alfonso, Duque de Cádiz y Alteza Real en España desde 1972, sólo mantuvo seria y eficazmente las primeras, titulándose Duque de Anjou, dignidad que, a su desaparición, heredó su hijo, Don Luis Alfonso de Borbón y Martínez-Bordiú. Citemos aquí lo dicho al respecto por el propio Duque de Cádiz en sus Memorias, tal y como las publicó el semanario "HOLA" en 1983:
Aún estando de acuerdo con mi padre en cuanto a que la Orden del Toisón de Oro es en su origen una Orden exclusivamente familiar, creo también que, con el tiempo y por su historia, se ha convertido en una Orden de Estado y que en este sentido debe estar unida exclusivamente a quien ostente, de forma personal y de hecho, la titularidad de la Corona. Así, el Rey de España deberá ser siempre su Soberano.
En cuanto a Don Juan, cesaron los nombramientos en 1964 y, después de la subida al Trono de su hijo Don Juan Carlos, en 1975, no se produjeron nominaciones por parte del nuevo Rey hasta después del 14 de mayo de 1977, fecha de la renuncia de sus derechos por el Conde de Barcelona, pareciendo claro que los interesados aceptaban en esos extraordinarios momentos la postura de entender separada, en buena lógica, la Soberanía del Toisón y el efectivo ejercicio de la realeza en España. A poco de producirse la renuncia del hasta entonces Jefe de la Casa Real, su hijo el Rey Don Juan Carlos concedió el collar a su antiguo preceptor Torcuato Fernández Miranda en el momento en que éste cesó como Presidente de las Cortes, en junio de 1977.
Hasta aquí, lo dicho por el autor en 1996. Posteriormente, en noviembre de ese mismo año, la periodista Pilar Urbano publicó su libro La Reina, en cuya página 248 podemos leer, puesto en boca de S.M. la Reina Doña Sofía: Cuando llegó la boda entre Alfonso y Carmencita, mi marido (es decir, S.A.R. el Príncipe de España, luego Rey Don Juan Carlos I) le pidió a Franco que no se pusiese el Toisón para la ceremonia. Y añade Doña Sofía: Pedirle eso fue un trago fuerte para el príncipe. Y Franco tuvo el buen sentido de no ponérselo ni entonces ni nunca.
Laureano López Rodó, en su obra La larga marcha hacia la Monarquía, dice refiriéndose al mismo asunto: A Don Juan Carlos le preocupó mucho el tema y el lunes 6 de marzo, antevíspera de la boda, me llamó por teléfono a las diez y media de la noche para que le hiciera ver a Carrero lo improcedente de esa concesión del Toisón, y que procurara que Franco no se lo pusiese en la boda.
Por último, la Infanta Doña Cristina, condesa viuda de Marone-Cinzano, que asistió a la ceremonia nupcial de 1972 pese a la orden de Don Juan de boicotearla, hizo saber que estaba dispuesta a levantarse de su asiento y abandonar la capilla de El Pardo si Franco lucía el Toisón de Oro.
Franco, vistiendo el frac de capitán general de la Armada, lucía el collar de la Orden de Cristo, la banda y la placa de la Gran Cruz Laureada de San Fernando.