Don Ignacio Koblischek, cuyas armas son las que siguen, es el responsable del Registro internacional de armas gentilicias, RIAG, que desde Sevilla, registra las nuevas armas de aquellos que, ante la inexistencia de rey de armas acreditado ante el ministerio de justicia, acuden a él para que se protocolicen sus escudos.
En su mensaje responde al anterior de don Francisco Domingo Larrosa Gil. Las que siguen son sus reflexiones.
Estimado Don José Juan:
El Sr. Larrosa Gil acaba de publicar en su blog un mensaje en el que nos alerta sobre personas o instituciones que "para continuar haciendo el agosto por medio de esta ciencia se siga alentando al interesado-particular a adoptar escudos con irregularidades que contravienen las reglas de la heráldica, a sabiendas de las mismas".
Le agradecería al Sr. Larrosa nos indicara quienes son esas personas o instituciones, pienso que no es correcto lanzar una acusación de este tipo sin decir nombres y apellidos. Se refiere quizás al Registro del Reino Unido, Burker Armorial Register o al International Register of Arms, que registra Armas sin necesidad de Reyes de Armas ni del College of Arms y que tiene muchísima aceptación, respeto y autoridad.
Se refiere quizás a los Registros Privados de Armas: American College of Heraldry y United States Heraldic Registry en Estados Unidos.
O se refiere a los alemanes, entre otros, Heraldische Gemeinschaft Westfalen y Münchner Wappen Herold.Personalmente pienso que se refiere a RIAG, sería bueno que lo aclarase.
En nuestros pocos años de vida, se nos reconoce en instituciones internacionales de prestigio como "United States Heraldic Registry" o "Burke's Peerage & Gentry International Register of Arms".
Quizás estemos todos equivocados menos el Sr. Larrosa.He llegado a concebir RIAG gracias a mucho esfuerzo, horas de dedicación, consultas a personas doctas en la materia, mucha prudencia en hacer comentarios, escuchar y aprender de personas con experiencia, respeto a los cultivadores de esta ciencia y sobre todo intentar tener una visión global de la Heráldica, tratando esta ciencia como un fenómeno humano y no como reglas y normas aisladas. Gracias a ello he llegado a tener opinión propia, argumentada contrastada, totalmente legal, ajustada a derecho y a los usos y costumbres heráldicas.
Puede que mi opinión no coincida con la suya, la que respeto totalmente, pero es perfectamente valida, actual y con futuro. Y sobre todo porque para defenderla no hace falta recurrir al insulto y desprestigio.
Puede, por el contrario, que le moleste la gran aceptación de RIAG y que personas doctas en la materia registren sus armas con nosotros o nos pidan consejo o asesoramiento, puede que le moleste que registremos un escudo prácticamente cada día, puede que le moleste que efectivamente el futuro de la Heráldica se este y no otro.
Como comprenderá no voy a discutir con Vd. ni ponerme a su nivel, menos sobre cuestiones técnicas. Sus argumentos están superados hace mucho tiempo y no aportan nada nuevo, es más restan a esta Ciencia. Quizás cuando empiece a respetar y valorar el trabajo ajeno y empiece a tener una visión más global y humana del sistema cambie de opinión.
Por último decirle que si en sus comentarios no se atreve a decir mi nombre, le doy autorización para ello, sus insultos y descalificaciones no me incomodan, al revés, son un halago ya que viendo el nivel de conocimiento heráldico vertido en sus intervenciones, me indican que voy por buen camino.
Lo siento por Vd. ya que cada vez que hace un comentario se pone en evidencia. Intente investigar sobre el verdadero origen de las armas de Godofredo de Bouillon, quizás se lleve una sorpresa.
Saludos.
Ignacio Koblischek.
miércoles, 7 de octubre de 2009
RESPUESTA DE DON IGNACIO KOBLISCHEK
¿LEYES HERÁLDICAS O INTERESES COMERCIALES?
Consecuencia de las muchas opiniones que suscitó el mensaje que remitió don Francisco Domingo Larrosa Gil, en una entrada del mes de agosto, relativo a las leyes heráldicas, remite en su defensa un breve texto, muy bien argumentado, en el que confirma su parecer sobre este asunto.
Don José Juan:
Solo deseo reiterarle la postura que sigo manteniendo respecto de las leyes heráldicas. Parecer que si lo deseo me puedo confeccionar un escudo con elementos o formas propias de la heráldica municipal (losange), o…. en boca ovalada, y colocar sin diferenciar campo y muebles de un solo color, y…. colocarme como timbre una corona o yelmo correspondiente a la dignidad de duque o una corona mural, por el simple hecho de que me guste o que el artista heráldico ese día se encuentre inspirado y le apetezca colocármelos, o dependiendo de la página que visite me envíe el que me corresponda por orden de mi apellido, etcétera, no es admisible.
Tras unos días de descanso he comenzado a leer los artículos publicados hasta hoy. Antes que nada deseo expresarle mis más sinceras disculpas, motivadas estas por la mala interpretación que de mis comentarios, que por lo visto han producido –no sé si por falta de claridad o error- cierto revuelo.
Después de tan extensos y pomposos argumentos que vengo leyendo en su blog y en otros lugares del ciberespacio, me viene a la memoria la pregunta que titula y da nombre como asunto a este mensaje.Sigo creyendo que en heráldica no vale todo, que como dije antes, todo el campo no es orégano, y que hay personas que por el mero hecho de seguir adelante con su proyecto vital-económico justifican la ausencia de norma, forma, etc. por la que pudiera regirse esta ciencia.
Es más, creo que algunos de ellos vierten sus manifestaciones de forma premeditadamente conjunta, cada cual por separado, para dar la apariencia posterior y casual de unión en cuanto al pensamiento uniforme de que nada ni nadie rige la heráldica, o de que la heráldica solamente se rige por el capricho particular de cada hijo de vecino que desee componer un blasón, ya sea personalmente y/o con la ayuda de quien les quiera dibujar el escudo de marras, y que con esto ya basta y que no es preciso otro requisito.
Que lo mismo da que da lo mismo, ejemplo de lo cual podría ser el incumplimiento de una de las leyes heráldicas más conocida y que siempre cito por ser fácil su comprensión: Colocar un muble de metal con un campo de lo mismo, o un campo de color con un mueble de color.
La mala combinación de colores y esmaltes por parte de un artista de esta ciencia, contemporáneo o del pasado, debe ser considerada como un mero error heráldico que por supuesto resta valía al blasón afectado, o por no pecar diremos que el escudo sería impropio, heráldicamente incorrecto o ilegal para esta ciencia, etc.
En toda regla existen excepciones. De forma que los Reyes y/o Reyes de Armas como expresión de su autoridad, antes y ahora, han contravenido para uso propio, o autorizado a un tercero, para -por ejemplo- mezclar color con color y metal con metal, entre otras licencias concedidas de forma expresa para contravenir dichas leyes herádicas, lo cual no entra dentro del campo de los errores sino de las excepciones autorizadas. Esto es lo único que de forma más o menos acertada he querido decir desde el principio de mis intervenciones.
Ejemplo claro y flagrante de lo referido es el caso del infinitamente conocido y mencionado blasón de Godofredo de Bouillón, con el campo en plata y cruz en oro, lo cual contraviene la citada ley de no mezclar metal con metal y color con color. No ocurriendo así lo mismo con el escudo de la Orden de Santo Sepulcro de Jerusalén, que aunque creada por este Rey defensor de los Santos Lugares, al no poseer autorización o autoridad sobre esta ciencia no pudo utilizar el escudo de Godofredo, debiendo por tanto blasonar correctamente el suyo propio con campo de plata y cruz de gules, siendo rigurosa en este sentido con la referida regla de no mezclar colores y esmaltes.
Quiero decir, los escudos habidos y por haber que contravengan esta ley heráldica y el resto de ellas, con autoridad y/o autorizado el uso de los mismos, deben considerarse como blasones propios, no así los que impropiamente dispongan armas nuevas haciendo uso de escudos sin autoridad y/o sin la autorización pertinente, siendo estos últimos los que deben ser considerados como dibujitos sin valor heráldico. No creo haber dicho otra cosa distinta sobre esto antes de hoy.
Ya cansa tener que decir que los errores no son excepciones a la regla (reglas en general), solo se trata de errores puros y duros, y que otra cosa es la licencia que como autoridad dentro de esta ciencia pueda o hayan podido permitirse como forma autorizada de distinción, emanada dicha distinción lógicamente de autoridad heráldica.
Lo que es sangrante es que para continuar haciendo el agosto por medio de esta ciencia se siga alentando al interesado-particular a adoptar escudos con irregularidades que contravienen las reglas de la heráldica, a sabiendas de las mismas; que con la pretensión de innovar se utilicen este o aquel escudo, adornos, muebles, etc. que no corresponden a nuestra localización geográfico-heráldica (Reino de España).
Los errores heráldicos –que no excepciones- registrados en escudos presentes o pasados pueden enmendarse para corrección de dichos escudos, pero ahondar en ellos y hacer de estos excepciones no queda lejos de ser lo que son, meros errores, a no ser que como se ha mencionado dichas anomalías hayan sido autorizadas para su uso por privilegio o concesión.
Para la comprensión de lo que intento decir desde mis primeras intervenciones es totalmente esclarecedor el artículo publicado en el blog sobre leyes heráldicas, el pasado día veintitrés de agosto, por don Rolando Julio José Ýñigo y Genio, con el que comparto todo lo que tan claramente allí expresa.
Como ya sabe, tras el fallecimiento de nuestro último Cronista-Rey de Armas de España, el Excmo. Sr. D. Vicente de Cadenas y Vicent, no ha sido proveído el empleo público que éste ejercía en nombre de Su Majestad, el cual dependía directamente del Ministerio de Justicia. A falta de la figura de Cronista-Rey de Armas, dicho ministerio debe entenderse como la instancia idónea y conocedora sobre el registro escudos de armas gentilicias, dirimir por la titularidad y/o restituir dignidades nobiliarias, así como legalizar la continuidad en las mismas y/o etc.
El fallecimiento de don Vicente de Cadenas y la nula intención política de proveer el empleo de Cronista-Rey de Armas de España es el caldo de cultivo para que en la actualidad proliferen cantidad inusual de páginas en internet dedicadas lucrativamente a la composición de armas nuevas para escudos gentilicios, en ocasiones muy interesadas en pasarse por el arco del triunfo las reglas heráldicas que deben contemplarse de forma escrupulosa para la confección de los mismos.
Como le dije antes, ignoro el procedimiento que el Ministerio de Justicia lleva a cabo para realizar esta actividad y si alguien ha abierto esta vía para registrar un nuevo escudo de armas gentilicio, pero mi sugerencia es que quien esté interesado en ello se dirija a esta instancia para realizar lo procedimentalmente estipulado a estos menesteres.
Sin otro particular.
Reciba un cordial saludo.
Francisco Domingo Larrosa Gil.
Don José Juan:
Solo deseo reiterarle la postura que sigo manteniendo respecto de las leyes heráldicas. Parecer que si lo deseo me puedo confeccionar un escudo con elementos o formas propias de la heráldica municipal (losange), o…. en boca ovalada, y colocar sin diferenciar campo y muebles de un solo color, y…. colocarme como timbre una corona o yelmo correspondiente a la dignidad de duque o una corona mural, por el simple hecho de que me guste o que el artista heráldico ese día se encuentre inspirado y le apetezca colocármelos, o dependiendo de la página que visite me envíe el que me corresponda por orden de mi apellido, etcétera, no es admisible.
Tras unos días de descanso he comenzado a leer los artículos publicados hasta hoy. Antes que nada deseo expresarle mis más sinceras disculpas, motivadas estas por la mala interpretación que de mis comentarios, que por lo visto han producido –no sé si por falta de claridad o error- cierto revuelo.
Después de tan extensos y pomposos argumentos que vengo leyendo en su blog y en otros lugares del ciberespacio, me viene a la memoria la pregunta que titula y da nombre como asunto a este mensaje.Sigo creyendo que en heráldica no vale todo, que como dije antes, todo el campo no es orégano, y que hay personas que por el mero hecho de seguir adelante con su proyecto vital-económico justifican la ausencia de norma, forma, etc. por la que pudiera regirse esta ciencia.
Es más, creo que algunos de ellos vierten sus manifestaciones de forma premeditadamente conjunta, cada cual por separado, para dar la apariencia posterior y casual de unión en cuanto al pensamiento uniforme de que nada ni nadie rige la heráldica, o de que la heráldica solamente se rige por el capricho particular de cada hijo de vecino que desee componer un blasón, ya sea personalmente y/o con la ayuda de quien les quiera dibujar el escudo de marras, y que con esto ya basta y que no es preciso otro requisito.
Que lo mismo da que da lo mismo, ejemplo de lo cual podría ser el incumplimiento de una de las leyes heráldicas más conocida y que siempre cito por ser fácil su comprensión: Colocar un muble de metal con un campo de lo mismo, o un campo de color con un mueble de color.
La mala combinación de colores y esmaltes por parte de un artista de esta ciencia, contemporáneo o del pasado, debe ser considerada como un mero error heráldico que por supuesto resta valía al blasón afectado, o por no pecar diremos que el escudo sería impropio, heráldicamente incorrecto o ilegal para esta ciencia, etc.
En toda regla existen excepciones. De forma que los Reyes y/o Reyes de Armas como expresión de su autoridad, antes y ahora, han contravenido para uso propio, o autorizado a un tercero, para -por ejemplo- mezclar color con color y metal con metal, entre otras licencias concedidas de forma expresa para contravenir dichas leyes herádicas, lo cual no entra dentro del campo de los errores sino de las excepciones autorizadas. Esto es lo único que de forma más o menos acertada he querido decir desde el principio de mis intervenciones.
Ejemplo claro y flagrante de lo referido es el caso del infinitamente conocido y mencionado blasón de Godofredo de Bouillón, con el campo en plata y cruz en oro, lo cual contraviene la citada ley de no mezclar metal con metal y color con color. No ocurriendo así lo mismo con el escudo de la Orden de Santo Sepulcro de Jerusalén, que aunque creada por este Rey defensor de los Santos Lugares, al no poseer autorización o autoridad sobre esta ciencia no pudo utilizar el escudo de Godofredo, debiendo por tanto blasonar correctamente el suyo propio con campo de plata y cruz de gules, siendo rigurosa en este sentido con la referida regla de no mezclar colores y esmaltes.
Quiero decir, los escudos habidos y por haber que contravengan esta ley heráldica y el resto de ellas, con autoridad y/o autorizado el uso de los mismos, deben considerarse como blasones propios, no así los que impropiamente dispongan armas nuevas haciendo uso de escudos sin autoridad y/o sin la autorización pertinente, siendo estos últimos los que deben ser considerados como dibujitos sin valor heráldico. No creo haber dicho otra cosa distinta sobre esto antes de hoy.
Ya cansa tener que decir que los errores no son excepciones a la regla (reglas en general), solo se trata de errores puros y duros, y que otra cosa es la licencia que como autoridad dentro de esta ciencia pueda o hayan podido permitirse como forma autorizada de distinción, emanada dicha distinción lógicamente de autoridad heráldica.
Lo que es sangrante es que para continuar haciendo el agosto por medio de esta ciencia se siga alentando al interesado-particular a adoptar escudos con irregularidades que contravienen las reglas de la heráldica, a sabiendas de las mismas; que con la pretensión de innovar se utilicen este o aquel escudo, adornos, muebles, etc. que no corresponden a nuestra localización geográfico-heráldica (Reino de España).
Los errores heráldicos –que no excepciones- registrados en escudos presentes o pasados pueden enmendarse para corrección de dichos escudos, pero ahondar en ellos y hacer de estos excepciones no queda lejos de ser lo que son, meros errores, a no ser que como se ha mencionado dichas anomalías hayan sido autorizadas para su uso por privilegio o concesión.
Para la comprensión de lo que intento decir desde mis primeras intervenciones es totalmente esclarecedor el artículo publicado en el blog sobre leyes heráldicas, el pasado día veintitrés de agosto, por don Rolando Julio José Ýñigo y Genio, con el que comparto todo lo que tan claramente allí expresa.
Como ya sabe, tras el fallecimiento de nuestro último Cronista-Rey de Armas de España, el Excmo. Sr. D. Vicente de Cadenas y Vicent, no ha sido proveído el empleo público que éste ejercía en nombre de Su Majestad, el cual dependía directamente del Ministerio de Justicia. A falta de la figura de Cronista-Rey de Armas, dicho ministerio debe entenderse como la instancia idónea y conocedora sobre el registro escudos de armas gentilicias, dirimir por la titularidad y/o restituir dignidades nobiliarias, así como legalizar la continuidad en las mismas y/o etc.
El fallecimiento de don Vicente de Cadenas y la nula intención política de proveer el empleo de Cronista-Rey de Armas de España es el caldo de cultivo para que en la actualidad proliferen cantidad inusual de páginas en internet dedicadas lucrativamente a la composición de armas nuevas para escudos gentilicios, en ocasiones muy interesadas en pasarse por el arco del triunfo las reglas heráldicas que deben contemplarse de forma escrupulosa para la confección de los mismos.
Como le dije antes, ignoro el procedimiento que el Ministerio de Justicia lleva a cabo para realizar esta actividad y si alguien ha abierto esta vía para registrar un nuevo escudo de armas gentilicio, pero mi sugerencia es que quien esté interesado en ello se dirija a esta instancia para realizar lo procedimentalmente estipulado a estos menesteres.
Sin otro particular.
Reciba un cordial saludo.
Francisco Domingo Larrosa Gil.
martes, 6 de octubre de 2009
REY SIMEÓN LAZARISTA
Al hilo de una reciente entrada en la que se proponían tres escudos de caballeros lazaristas, hoy se desea llamar su atención, improbable lector, sobre las armas de otro miembro de la orden de san Lázaro y sobre la forma en que significa, en sus propias armerías, la pertenencia a esta corporación nobiliaria.El rey Simeón II de Bulgaria se ha armado tradicionalmente, atendiendo a su condición de soberano de aquel reino, de gules, con un león rampante oro, coronado de lo mismo.En la composición heráldica que hoy se expone, acatando lo establecido en el reglamento de armerías de la orden de san Lázaro, el más antiguo data de 1789, parte sus armas del reino con las de la orden; no obstante, el mismo reglamento establece que también pueden disponerse en jefe o bien cuarteladas con las heredadas.La cruz de justicia que asoma tras las armas del rey Simeón, solamente puede acolarse en los escudos de los caballeros de justicia y en los de los clérigos. En la orden de san Lázaro son caballeros de justicia aquellos que prueban nobleza de, al menos, el primero de sus apellidos.
El rey Simeón II fue gran prior de Bulgaria en el exilio. Orla su escudo con el gran collar de la orden lazarista.Sus armas dinásticas, para terminar, son las que siguen:
El rey Simeón II fue gran prior de Bulgaria en el exilio. Orla su escudo con el gran collar de la orden lazarista.Sus armas dinásticas, para terminar, son las que siguen:
lunes, 5 de octubre de 2009
CONDE DE SAINT GERMAIN Y PRINCIPADO DE TRANSILVANIA
Desde la parte del que fuera virreinato de La Plata que hoy se llama Paraguay, remite un muy cuidado mensaje don Rolando Julio José Ýñigo y Genio, cuyas armas son estas:Las que siguen son sus palabras:
Estimado José Juan:
Al hilo de entrada del conde de Saint Germain, te comento que como estudiante de Metafísica, te pasaré algunos datos de este enigmático personaje histórico.
Conde de Saint Germain:
Una historia misteriosa y apasionante es la vida del Conde de Saint Germain, nacido en mayo de 1696, en los Montes Cárpatos, hijo del rey de Transilvania, Ferenz II Rakoczi y la princesa Carlota.
De pequeño su padre lo envió a Florencia (Italia), donde fue criado por el último de la familia Médicis, allí estudio en la universidad de Siena, y se relacionó con un movimiento espiritual Franco-Masón, en el cual se destacó.Demostró tener poderes inexplicables, según se registran hechos tales como estar en dos lugares a la misma vez. Se dice que al año de morir su padre, en Hungría, reaparece en Escocia donde vive hasta 1745, para luego trasladarse por Europa, hasta su destino mas importante, la India, donde aprende el arte de la Alquimia.
Se le conoció con distintos nombres, Marqués de Monferrat, Conde Bellamare, Caballero Schoening, etc., hasta que se traslada a Paris (1758) donde adopta el nombre con el que trascendió a través de los tiempos “El Conde de Saint Germain”.
La característica mas relevante de este personaje era su longevidad, ya radicado en Paris contaba con 62 años de edad, pero presentaba una condición de 30, siendo admirado por sus dotes de caballero con todas las virtudes que ese titulo ostentaba, como honor, respeto, hidalguía.
De un aspecto pulcro muy bien proporcionado, elegante, acostumbraba portar joyas deslumbrantes y era siempre acompañado por sirvientes, muy bien vestidos con bordados de oro en sus ropas, su paradero era un misterio, se lo veía en las fiestas de la alta sociedad, pero nunca se lo vio ingerir alimento o tomar bebida.
Estas fueron sus armas por nacimiento:Adjunto las armas de los pueblos que habitaron esta región, del Principado de Transilvania, y de los soberanos que hubo en esta nación.
Sicules (Szeklers) de TransylvanieLos székely (pronunciación sékey) son una etnia de habla húngara que en torno al siglo VIII ocupó las tierras del sur-este de Hungría. Mayoritariamente viven en Transilvania, en el País Székely (en húngaro Székelyföld, en rumano Ţinutul Secuiesc). Otros grupos de origen székely dejaron Transilvania en 1764 después de la “tragedia de Mádéfalva” y emigraron a Bucovina.
Saxons de TransylvanieLos sajones (en latín, saxones) fueron una confederación de antiguas tribus germánicas. Sus modernos descendientes en la Baja Sajonia y Westfalia y otros estados alemanes son considerados étnicamente germanos; el estado libre de Sajonia no está habitado por sajones étnicos; el estado de Sajonia-Anhalt sólo lo está en su parte noroccidental; los que se encuentran en los Países Bajos orientales están considerado étnicamente holandeses; aquellos que se encuentran en el noreste de Bélgica están considerdos étnicamente flamencos; y los que se encuentran en la Inglaterra meridional son étnicamente ingleses. Su zona de asentamiento más antigua que se conoce es Nordalbingia (Albingia septenrional), un territorio que se corresponde aproximadamente con la moderna Holstein.
TransylvanieTransilvania (rumano: Transilvania o Ardeal, húngaro: Erdély, alemán: Siebenbürgen, serbio: Transilvanija, turco: Erdel, eslovaco: Sedmohradsko o Transylvania, polaco: Siedmiogród) es una región histórica localizada en el centro de Rumania, rodeada por los Cárpatos que transcurren por el país. La capital tradicional de la región, Cluj-Napoca, está situada en la meseta, mientras que Braşov y Sibiu, unas de las principales ciudades, están al pie de los Cárpatos.
Dinastas de Transilvania:
Jean Ier Zapolya (1487-1540)
Voïvode de Transylvanie, Roi de Hongrie. Sus armas:
Jean II Sigismond Zapolya (1540-1571)Estimado José Juan:
Al hilo de entrada del conde de Saint Germain, te comento que como estudiante de Metafísica, te pasaré algunos datos de este enigmático personaje histórico.
Conde de Saint Germain:
Una historia misteriosa y apasionante es la vida del Conde de Saint Germain, nacido en mayo de 1696, en los Montes Cárpatos, hijo del rey de Transilvania, Ferenz II Rakoczi y la princesa Carlota.
De pequeño su padre lo envió a Florencia (Italia), donde fue criado por el último de la familia Médicis, allí estudio en la universidad de Siena, y se relacionó con un movimiento espiritual Franco-Masón, en el cual se destacó.Demostró tener poderes inexplicables, según se registran hechos tales como estar en dos lugares a la misma vez. Se dice que al año de morir su padre, en Hungría, reaparece en Escocia donde vive hasta 1745, para luego trasladarse por Europa, hasta su destino mas importante, la India, donde aprende el arte de la Alquimia.
Se le conoció con distintos nombres, Marqués de Monferrat, Conde Bellamare, Caballero Schoening, etc., hasta que se traslada a Paris (1758) donde adopta el nombre con el que trascendió a través de los tiempos “El Conde de Saint Germain”.
La característica mas relevante de este personaje era su longevidad, ya radicado en Paris contaba con 62 años de edad, pero presentaba una condición de 30, siendo admirado por sus dotes de caballero con todas las virtudes que ese titulo ostentaba, como honor, respeto, hidalguía.
De un aspecto pulcro muy bien proporcionado, elegante, acostumbraba portar joyas deslumbrantes y era siempre acompañado por sirvientes, muy bien vestidos con bordados de oro en sus ropas, su paradero era un misterio, se lo veía en las fiestas de la alta sociedad, pero nunca se lo vio ingerir alimento o tomar bebida.
Estas fueron sus armas por nacimiento:Adjunto las armas de los pueblos que habitaron esta región, del Principado de Transilvania, y de los soberanos que hubo en esta nación.
Sicules (Szeklers) de TransylvanieLos székely (pronunciación sékey) son una etnia de habla húngara que en torno al siglo VIII ocupó las tierras del sur-este de Hungría. Mayoritariamente viven en Transilvania, en el País Székely (en húngaro Székelyföld, en rumano Ţinutul Secuiesc). Otros grupos de origen székely dejaron Transilvania en 1764 después de la “tragedia de Mádéfalva” y emigraron a Bucovina.
Saxons de TransylvanieLos sajones (en latín, saxones) fueron una confederación de antiguas tribus germánicas. Sus modernos descendientes en la Baja Sajonia y Westfalia y otros estados alemanes son considerados étnicamente germanos; el estado libre de Sajonia no está habitado por sajones étnicos; el estado de Sajonia-Anhalt sólo lo está en su parte noroccidental; los que se encuentran en los Países Bajos orientales están considerado étnicamente holandeses; aquellos que se encuentran en el noreste de Bélgica están considerdos étnicamente flamencos; y los que se encuentran en la Inglaterra meridional son étnicamente ingleses. Su zona de asentamiento más antigua que se conoce es Nordalbingia (Albingia septenrional), un territorio que se corresponde aproximadamente con la moderna Holstein.
TransylvanieTransilvania (rumano: Transilvania o Ardeal, húngaro: Erdély, alemán: Siebenbürgen, serbio: Transilvanija, turco: Erdel, eslovaco: Sedmohradsko o Transylvania, polaco: Siedmiogród) es una región histórica localizada en el centro de Rumania, rodeada por los Cárpatos que transcurren por el país. La capital tradicional de la región, Cluj-Napoca, está situada en la meseta, mientras que Braşov y Sibiu, unas de las principales ciudades, están al pie de los Cárpatos.
Dinastas de Transilvania:
Jean Ier Zapolya (1487-1540)
Voïvode de Transylvanie, Roi de Hongrie. Sus armas:
Prince de Transylvanie, Duc d'Opole et de Ratibor. Sus armas:Etienne Bathory (1533-1586)
Esteban I Báthory (en polaco: Stefan Batory, en húngaro: Báthory István; Szilágysomlyó, 1533 - Grodno, 1586). Príncipe de Transilvania (1571 - 1576) y Rey de la Mancomunidad polaco-lituana (1576 - 1586). Sus armas, que son las del reino polaco-lituano con escusón de Bathory:Sigismond Bathory (1572-1613)
Prince de Transylvanie, Prince de Moldavie, Prince de Valachie, Prince Bathory et du Saint-Empire. Con sus armas simples, y sobre las de su principado:Etienne Bocskay
Esteban Bocskai (en húngaro: Bocskai István, en Alemán:Bocskai István, en eslovaco Štefan Bočkaj, en rumano Ştefan Bocşa) (1 de enero de 1557 - 29 de diciembre de 1606) fue un aristócrata húngaro de Transilvania.
Entre 1604 y 1606 encabezó un levantamiento en contra de los Habsburgo en la Hungría Real (la parte de las actuales Hungría y Croacia controlada por los Habsburgo. Entre 1605 y 1606 fue príncipe de Transilvania.
Nacido en Kolozsvár (Cluj-Napoca), Esteban Bocskay fue el miembro más conocido de un antiguo linaje. Fue hijo de György Bocskay y Krisztina Sulyok. Como principal consejero del príncipe Segismundo Báthory, le recomendó una alianza con el Emperador Romano Germánico frente al Imperio Otomano. Realizó importantes misiones diplomáticas, con visitas frecuentes a Praga y Viena. Sus armas:
Sigismond Rakoczi (1544-1608)
Prince de TransylvanieGabriel Bathory
Prince de Transylvanie (1608). Sus armas:Gabriel Bethlen (1580-1629)
Prince de Transylvanie (1613), Roi de Hongrie, puis Duc d'Opole et de Ratibor.
Georges Ier Rakoczi (1593-1648) puis Georges II Rakoczi (1621-1660)
Princes de Transylvanie. Sus armas:François Rhedey
Prince de Transylvanie (1657)Achatius Barcsai
Prince de Transylvanie (1658). Sus armas:Jean Kermeny
Prince de Transylvanie (1661). Sus armas:Michel Ier Apafi (1632-1690)
Prince de Transylvanie (1661). Sus armas:Bibliografia:
*Quien Es y Quien Fue el Conde St. Germain - Conny Méndez - Editorial: Bienes Laconica - 1995
*Héraldique européenne
*Wikipedia
domingo, 4 de octubre de 2009
ESCUDOS DE UNIDADES DEL EJÉRCITO DE TIERRA IV
Al hilo de las anteriores entradas sobre el mismo asunto hoy se proponen otros escudos de unidades del ejército de tierra de España. Escudos que, como recordará improbable lector, adornan la manga izquierda de nuestros compañeros de armas de dicho ejército.Región militar noroeste:Se trata de un cuartelado que recoge las armas de cuatro regiones españolas atendiendo al simple criterio de coincidencia geográfica. Se trata de las regiones que siguen.
Las armas del principado de Asturias, representan la cruz de la victoria del rey don Pelayo que hoy adorna el ojo principal del antiguo puente de la que fuera capital del reino leonés, Cangas de Onís.Las armas de Galicia, que fueron creadas como armas atribuidas en el Segar´s roll, un antiguo armorial inglés, a un inexistente rey de Galicia. El motivo venía determinado, como recordará improbable lector, por la similitud fonética entre la palabra Calice en inglés, que significa cáliz, y la palabra Galicia. Paradójicamente serían posteriormente adoptadas por la región.
Sobre las armas de Castilla ya se habló en otras entradas del blog. Se proponen estas líneas.
En cuanto a las parlantes y bastante simples armas del reino de León, se propone esta antigua referencia.
Zona militar de Canarias:Se trata del mismo escudo que sirve como blasón institucional de aquella región insular. Representa las siete islas que conforman el archipiélago, sostenido por dos canes, parlantes del término canarias.
Comandancia general de Ceuta:y Comandancia general de Melilla:Ya se habló de las armas que sirven de escudo a aquellos trozos de tierra española en África en esta entrada.
Las armas del principado de Asturias, representan la cruz de la victoria del rey don Pelayo que hoy adorna el ojo principal del antiguo puente de la que fuera capital del reino leonés, Cangas de Onís.Las armas de Galicia, que fueron creadas como armas atribuidas en el Segar´s roll, un antiguo armorial inglés, a un inexistente rey de Galicia. El motivo venía determinado, como recordará improbable lector, por la similitud fonética entre la palabra Calice en inglés, que significa cáliz, y la palabra Galicia. Paradójicamente serían posteriormente adoptadas por la región.
Sobre las armas de Castilla ya se habló en otras entradas del blog. Se proponen estas líneas.
En cuanto a las parlantes y bastante simples armas del reino de León, se propone esta antigua referencia.
Zona militar de Canarias:Se trata del mismo escudo que sirve como blasón institucional de aquella región insular. Representa las siete islas que conforman el archipiélago, sostenido por dos canes, parlantes del término canarias.
Comandancia general de Ceuta:y Comandancia general de Melilla:Ya se habló de las armas que sirven de escudo a aquellos trozos de tierra española en África en esta entrada.
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