martes, 4 de agosto de 2009

FALCON CREST

Hoy se propone una frivolidad de esas que, pudiendo suponer su erudición, improbable lector, tanto le disgustan.Hace ya muchos años, cuando España dejó de ser ella misma al pasar de dos a cinco canales de televisión, una serie acaparó la atención de los que, ociosos a la hora de la sobremesa, se concedían el lujo de aprovechar ese tedioso tiempo descansando en un sillón frente al televisor, intentando conciliar un breve y reparador sueño.

Esa serie se llamaba Falcon Crest, que traducido a la lengua española llamada castellano se hubiera debido titular la colina del halcón, mucho más sugerente, indudablemente.

El hilo conductor del serial era una hacienda llamada así, Falcon Crest, sita en nuestra perdida California y dedicada a la producción de caldos, vinos Cabernet-Sauvignon. Hacienda que servía de excusa para entremezclar la vida de una serie de personajes que pasaban por aquel lugar en un enredo a veces excesivo, gordiano.El comienzo de cada capítulo exponía las supuestas armas de la hacienda. Armas diseñadas por un indocto individuo que nada sabía de heráldica. Armas que dan pie a un par de notas: Por un lado sirven como ejemplo de mala praxis heráldica y por otro recuerdan las armas asumidas por imposición, a consecuencia de la sucesión en un mayorazgo.

La mala praxis heráldica es el pan nuestro de cada día en infinidad de los escudos que nos rodean y que no es necesario detallar, baste como ejemplo el escudo del cuerpo nacional de policía de España, observe con detenimiento, improbable lector, el león del segundo cuartel. Efectivamente, asombroso. En relación a los mayorazgos, solo recordar que esa figura aun existe en nuestro ordenamiento jurídico. Se trata del principio que establece que determinados bienes raíces, las tierras heredadas de los mayores, la casa solariega inclusa en aquel terreno como señera de la estirpe y las armas asociadas a esas tierras y casa solar, no son divisibles entre los herederos, sino que solamente uno sucederá en la propiedad de esos bienes, evitando su dispersión.Así, aun hoy, en las tierras del reino de Navarra, hoy llamado comunidad foral del mismo nombre, el sucesor por mayorazgo en la propiedad de la hacienda debe asumir como armas propias aquellas asociadas a la tierra y al hogar familiar, renunciando incluso al uso de sus propias armas.